Primero deberá ser acordado el embargo por el juzgado y, en su caso, nombrar un depositario de los mismos. deberás especificar también si solicitar el precinto o no, posteriormente solicitar la tasación judicial de los vehículos y estos saldrán a subasta pública,donde se dilucidará si te los quedas por la totalidad de la deuda, por el 50 %, etc. conforme a las posibilidades que te ofrece la ley para su adjudicación, y una vez aprobado el remate, el Secretario Judicial dictará, decreto de adjudicación, debiendo posteriormente efectuar la inscripción en el Registro de Bienes muebles. Saludos.
Buenas compañeros. Estoy con un procedimiento en el cual tengo sentencia a favor sobre una deuda. Investigando propiedades del deudor, únicamente tiene dos vehículos. Para cobrar la deuda, mi cliente quiere quedarse con los vehiculos como pago de la misma, de conformidad con el artículo 634 de la LEC. MI DUDA ES: DEBO EMBARGARLOS EN TRAFICO PARA PODER SOLICITAR LA ADJUDICACIÓN? O PUEDO PEDIR DIRECTAMENTE LA ADJUDICICACIÓN? ASÍ ME EVITARÍA PAGAR LA TASA DEL EMBARGO.