Una comunidad de propietarios interpuso demanda contra un comunero en materia de daños: causaba filtraciones al piso de abajo, causandole daños. Estamos a la espera que se señale día de juicio. La comunidad parece que puede desistir del procedimiento. ¿Puede adherirse el propietario más afectado, para que continúe el procedimiento, ostentando éste la parte actora?
En la LEC sólo he encontrado supuestos de sucesión procesal, pero no creo que se pueda encuadrar por ahí. Muchas gracias a todos
Conozco un caso, de un juicio por demanda de un constructor contra una Comunidad de Propietarios, por reclamación de una fianza de obras, que la Comunidad no quería devolverle.
El caso, es que la Comunidad contesto a la demanda, oponiéndose si que se hubiera tratado en Junta el tema y se acordara por mayoría si oponerse o allanarse.
En vista de esto, un propietario de los que encontraban que el constructor tenía la razón, presentó escrito en el Juzgado en favor del constructor.
El Juez no le admitió el escrito.
Al final, el constructor, le ganó el juicio a la Comunidad sobre la deuda, costas e intereses.
Al final, el propietario que se personó en el Juzgado, también tuvo que pagar según su cuota, sin estar de acuerdo con la postura de la Comunidad.