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adecuación horario de la jornada laboral

6 Comentarios
 
Adecuación horario de la jornada laboral
02/01/2012 19:33
Me han comentado que ahora se puede demandar un cambio de horario de trabajo sin necesidad de reducción de jornada, es correcto?

En mi contrato indica que mi horario es de 9 a 17 horas, pero posteriormente la empresa puso jornada intensiva de mañana de 6 a 14 horas. y el comité de empresa parece que aceptó (porque con ello "tendríamos las tardes libres") en aquel momento yo me encontraba de baja y cuando me reincorporé a mi puesto de trabajo con el alta medica no puse inconveniente y admití el nuevo horario de jornada intensiva de mañana. De esto hace casi 2 años, pero en las últimas semanas en mi familia hay 2 personas con graves problemas de salud demostrables con certificados médicos de invalidez permanente superior al 75% y dependencia grado II Nivel I, con lo que ese horario no me permite convivir y ayudar en la unidad familiar ya que me levanto a las 4:30 de la mañana y me acuesto a las 21:00 como mucho perdiendome en casa las horas en que mas ayuda necesita un enfermo que es levantarse y acostarse (doy por hecho que una persona enferma no la voy a levantar a las 4 de la madrugada ni acostarla a las 8 de la tarde, no se si estaré equivocado o no). Por lo tanto me interesaría un horario SIN reducción de jornada que se realice durante las horas centrales del día, como de 10 a 18 por ej o similar.

Puedo pedir a la empresa un cambio de horario de este tipo?
cual es el horario de mi jornada laboral, el que indica en mi contrato o el que aceptó el comité de empresa?
Como dato decir que la empresa obviamente está abierta pues hay gente trabajando en otros departamentos.


Un saludo
02/01/2012 19:35
Me refería a demandar para obtener una cambio de horario en la jornada laboral en mi primer párrafo.
02/01/2012 19:52
NO tiene derecho a modificar el horario sin reducción de jornada, salvo que el empresario por las buenas acepte o tu convenio lo mejore.
La reducción de jornada debe ir acompañada de
la disminución proporcional del salario entre, al menos, un octavo y un máximo de la mitad de la duración de aquélla.
Además hay jurisprudencia la respeto, tu puedes ampararte en la reducción de jornada (y salario) del art. 37 ET y te corresponde concretar el horario, lo que no puedes es pedir sin reducción de jornada.

Tu horario ahora es el que realizas, en su día cuando de modificó tu horario pudiste haberlo impugnado (plazo de 20 días) o resuelto el contrato con derecho a indemnización, ahora es el que tienes y igual que el empresario no puede modificarlo unilateralmente y sin causa tampoco tu.

02/01/2012 22:24
Gracias por la respuesta, añado que sobre el cambio de horario que hizo la empresa yo no he recibido ningun documento de esta avisandome de cambio de horario ni nada, fue una decision unilateral de la empresa y que la gente y los representantes del comité quiso aceptarla, de hecho en el calendario laboral de este año indica todavía que el horario de empresa es de 9 a 17 horas (como pone en mi contrato de hace 15 años)



Si esta opción no es posible, la de reducir la jornada lo mínimo de 1/8 sería la única vía, pero en este caso podría concretar el horario que yo quisiera fuera de la jornada habitual que se hace ahora? la empresa como digo está abierta y probablemente me quedaría solo en mi departamente 2 o 3 horas aprox.
03/01/2012 01:13
La vía es la de reducción por lo menos de 1/8.
La opción de concretar el horario te corresponde a tí, pero dentro de la jornad habitual tuya. Si no existe acuerdo con el empresario o te lo deniega puedes ir a la jurisdicción social a través de un proceso sumario especial, que va muy rápido y lo que diga el juez ya no se puede impungar.
La concrección es dentro de la jornada habitual.
Una cosa es la jornada y otra el horario. La jornada puede ser completa o parcial según el nº de horas y el horario es la concreción horaria de la jornada (distribución, si se hace corrida o partida, etc). Da igual que tu no firmaras nada...el empresario si afecta a menos de un nº de trabajadores puede imponer el cambio de horario si existen causas marcada legalmente, si afecta a un nº de trabajador hay un periodo de consultas con los representantes de los trabajadores, que entiendo que lo hubo porque dices que lo firmó el comité de empresa. Desde el momento del cambio, tu tienes 20 días para impugnarla si no estás de acuerdo o la opción de rescindir el contrato con derecho a indemnización de 20 días de salario por año con un máximo de 9 mensualidades. Entiendo que está caducada la acción para impugnar el cambio de horario...pues aunque lo volviese a hacer los demás trabajadores y comité parece que están de acuerdo, por lo que no te quedaría mucho más que rescindir el contrato, salvo que no exista la causa que alega el empresario en cuyo caso podría impugnarlo, pero yo esta opción con los datos que das la entiendo caducada.
29/01/2012 18:54
Gracias me ha sido de mucha utilidad vuestra ayuda.

No quiero irme de la empresa, pero como comenta nes37 esa opción ya está caducada porque se debe reclamar dentro los los 20 días siguientes al cambio de horario.

Como datos adicionales decir que consultando me he enterado que el horario oficial es el que yo quiero y que aparece en mi contrato, y encima lo pone bien claro en la hoja del calendario laboral que está colgada en el tablon de la empresa, osea, que este horario que hacemos fué un pacto extraoficial entre la empresa y trabajores, vamos de forma verbal pues no aparece por ningun lado escritol
Ahora la situación es rara porque no que que puedo pedir, si pido cambio de horario ¿en cual se basarán (incluido el juez) en el que aparece de forma oficial en la empresa o en el que han arreglado verbalmente el comité y empresa? si pido el cambio de horario dentro de la jornada oficial seguro que el comité ordenado por la empresa lleva a 2 testigos para decir que ese horario no se hace realmente, (el comité está vendido a la empresa "a sueldo" y es un arma mas de la empresa para luchar contra mi) y si pido cambio de horario del extraoficial me dirá que tampoco porque no es el horario oficial de la empresa (aquí no irán testigos del comité a contradecirlo.

Gracias y un saludo
29/01/2012 21:17
Es extraño que ante un cambio de horario por medio de un acuerdo entre empresa y trabajadores, (El comité de empresa es el representante de los trabajadores ante la empresa y es quien pacta o no con la empresa en nombre de estos y aunque a alguno no le interese los acuerdos llegados, ya sabemos que nunca llueve a gusto de todos, la decisión se toma por el bien de la mayoría y afecta a todos los trabajadores), pero como tge digo es extraño que no venga recogido en ningún acta, pero da lo mismo si pleiteas y van de testigos los miembros del Comité van a declarar que el acuerdo existe y ya no hay nada que hacer, la opción mas favorable para ti es la reducción de jornada que es lo que precisamente no quieres.