Buenos días:
El administrador de mi comunida de propietarios me acusa de una cantidad debida a dicha comunidad. La acusación es falsa y nula y dispongo de todas la pruebas que lo justifican.
A pesar de ello, dicha acusación me causa un perjuicio en dos sentidos:
1. Imposibilita mi ejercicio de voto en las juntas.
2. Atenta contra mi derecho al honor por cuanto existe publicidad negativa falsa sobre mi persona.
Quisiera que alguien me ayudara a identificar los artículos en los que me debo basar para la inmediata rectificación de dicha deuda.
Entiendo que considerar a un deudor sin que éste adeude ningún tipo de cantidad debe ser falta en el código civil o incluso en el penal.
Gracias a todos.
antes de denunciar, presenta una hoja de reclamaciones en la oficina del administrador, para manifestar en ella tu discrepancia con lo que dice sobre ti.
El Administrador le debe justificar en que consiste la deuda con su detalle. Solicitele certificación.
Debería haberlo hecho en el momento de recibir la convocatoria a Junta si figuraba en la relación de morosos. Cuando se recibe una convocatoria en estas circunstancias, todo propietario tiene derecho de ponerse al día antes de la celebración de la Junta y de la misma manera obtener la justificación de la deuda. Si hubiera sido así, podría haber impugnado la Junta en su totalidad por no darle derecho al voto, con lo que la misma sería nula de pleno derecho.
Gracias.
Sí, el administrador lo ha hecho por correo a través de una carta tipo. La deuda es irrisoria, menos de 10 euros, que por la mala contabilización de sus cuentas insiste en cobrarnos y nos "sugiere" que hagamos un apaño: retirar 10 euros del fondo de la comunidad (soy el presidente) e ingresar todo menos la diferencia debida. Ridículo e hilarante, pero lesivo en cualquier caso.