Hola buenos dias, tuve un accidente donde no hubo terceros solo algunas vallas rotas. Y he sido acusado por dar positivo en la prueba del alcoholemia y conducir con temeridad manifiesta. Ahora tengo muchas preguntas que me gustaria que alguien me las pudiera aclarar.
¿lo primero es saber cual puede ser mi condena?
Sobre el delito de temeridad no creo q sea culpable por que yo no iba haciendo el loco. Lo que ocurrio fue que se metio un perro en la carretera por lo tuve el accidente.
¿Habria posiblidad de no ser condenado por este delito?
Otro temas es que soy militar y hace poco salio una ley que expusalsaria a todo militar que diera positivo en alcoholemia.
¿Hay algo que se pueda hacer respecto a este tema?.
Otra cosa que no tengo muy clara es si tengo que dar parte a mi seguro, ya que la poliza que tengo es de terceros. Y como no hubo ningun otro vehiculo implicado. Y bueno ojala que alguien me pudiera orientar un poco porque estoy muy perdido. Un saludo y muchas gracias
Buenas tardes, supongo que hay que ver la tasa que dio, o lo manifestado por los policias en el atestado de la sintomatología que presentaba.
La imputacion por conducir de modo temerario, hay que ver que motivos ha indicado a la policia para imputar este delito, testigos, radares, etc... No es un delito facil de imputar, en cuanto a la puesta en peligro concreto hay que demostrarla fehacientemente.
Todo ello, su abogado a la vista del atestado o su usted ha tenido acceso al mismo, podra indicar más datos sobre el mismo, no todos los atestados por delito contra la segurdiad vial, insisto el profesional que le asista que tenga acceso al atestado es el que podra orientarle mejor. Tambien hay que tener en cuenta, que hay policias que consideran accidente con tasa positiva de alcohol como delito contra la seguridad vial, y bajo mi humilde entender es un craso error, puesto que el accidente se ha podido producir por otras causas ajenas a esa ingesta previa de alcohol antes de la conducción. POr ello todo lo importante es la sintomatología que hayan indicado los agentes en el atestado.
En cuanto a dar parte a su compañía, segun se desprende de su primera intervención que manifiesta que se llevó varias vallas por delante, ello quiere decir que bien se han producido daños a bienes publicos o bien a bienes privados, por lo que su compañía deberá hacerse cargo de la responsabilidad civil. Si bien en este caso, la compañía pagará los daños, pero al estar implicado en una alcoholemia se lo podra reclamar a posteriori a usted. Así que debería dar cuenta a su seguro, ya que si se trata de daños publicos, la Administracion correspondiente reclamará los daños oportunos en cuanto a que la policia le dará el oportuno parte y si se trata de bienes privados pues más de lo mismo ese particular reclamrá los daños.
Mi opinión salvo mejor parecer.
Gracias por responder topi, respecto al delito de conducir de modo temerario no hay testigos, ni habia radares ademas que fue a las 2:45 de la noche de un miercoles al jueves. Y de nuevo gracias por responder.