quisiera plantearos una duda que me surge respecto de un proceso penal en el que soy victima y perjudicado.
soy licenciado en derecho y ejerci de abogado en la jurisdiccion contencioso adminsitrativa y toque muy pokito de penal, mi pregunta es si me puedo personar como acusacion/perjudicado y "representarme a mi mismo" es decir, solicitar diligencias en instruccion y realizar conclusiones en el juicio oral. en caso afirmativo ¿ es necesario pedir autorizacion en el Colegio Abogados correspondiente como cuando representas a un familiar sin estar colegiado?
respecto del cuando hacerlo, he leido que el criterio jurisrpduencial ha ido cambiando y se ha pasado del momento anterior al escrito de acusacion hasta incluso en el acto del juicio oral, eso si, con abogado y procurador, y mi caso es otro....