Según el artículo 205 del Código Penal, la calumnia es la imputación de un delito hecha con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad. Si su allegada le está acusando de coacción sin pruebas y con el objetivo de dañarle, podría estar cometiendo calumnia.
Injuria: Según el artículo 208 del Código Penal, la injuria es la acción o expresión que lesiona la dignidad de otra persona, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación.
Se define la coacción como el uso de violencia o intimidación para obligar a alguien a hacer algo en contra de su voluntad. Si no ha realizado tales acciones, la acusación es infundada.
Según el artículo 172 ter del Código Penal, si las acusaciones son constantes y reiteradas, podría tratarse de un caso de acoso, lo cual también es punible.
Además de la vía penal, también podría considerar una demanda civil por daños y perjuicios debido al estado de ansiedad y el impacto en su vida personal y profesional que estas acusaciones le han causado.
No obstante, hay varios puntos que tendríamos que concretar y clarificar para darle una respuesta más precisa por lo que creemos que es necesario explorar su asunto más a fondo para abordarlo de forma integral y poner solución.
Contenido parcialmente eliminado por incumplimiento de las normas del foro
Buenas tardes.
Una allegada me está acusando falsamente de coaccionarla con el objetivo claro de amedrentarme mediante email. La última cacicada de esta señora ha sido acusarme en un email de nuevo de coaccionarla reenviando copias a 2 letrados y un familiar.
Me siento en un claro estado de indefensión y ninguno de los dos letrados ha movido un dedo . Puedo demandar a ésta señora por falta a la verdad y acusarla de falsedad ? Ya tengo miedo de realizar ciertas gestiones porque o no sabe que significa coaccionar y me está generando un estado de ansiedad insostenible sin hacer absolutamente nada.
Gracias