Necesito asesoramiento, espero encontrar ayuda aquí. Intentaré ser lo más breve posible.
Mi padre tenía una sociedad de la cual yo era administradora, en el 2005 se compró un coche a nombre de dicha sociedad financiado por un banco.
En 2006 la empresa dio de quiebra impidiendo el pago de esta deuda y otras adquiridas.
Ahora bien, mi padre tenía una casa que puso en venta en 2004 ya que se separa de mi madre y ambos se van a vivir a otra provincia.
En 2007 me fui a vivir a aquella casa, era consciente de la mala situación económica de mi padre y de que había empezado las reclamaciones de algunas deudas.
En un banco le ofrecen mudar su hipoteca allí, si ponía la casa a mi nombre podría ampliar el plazo de la hipoteca y alargar los años de pago. Firmamos y hacemos una falsa venta, por la cual la casa queda a mi nombre.
En 2007 la casa se vende, con el dinero mi padre paga las deudas que puede, ya que no es mucho el dinero que le queda, pero no la deuda contraida por el coche.
Pues bien, ahora el fiscal pide 1 año y 6 meses de prisión para mi padre y 1 años y 3 meses para mi por alzamiento de bienes.
Así mismo se solicita también"...puesto que la consumación de esta figura del delito va unida a la colocación en un estado de insolvencia en perjuicio de los acreedores, debe procederse como restauración del bien jirídico alterado, a reintegrar al patrimonio del condenado los bienes que ilícitamente salieron de él..." (Si alguien puede decirme qué significa esto)
Pues con todo esto estoy asombrada, ya que ni por asomo se ha intentado eludir ni dificultar el pago, es evidente que si mi padre no tenía dinero casi para vivir intente desacerse de un bien que además ya llevaba tiempo en venta. Nunca hemos intentado eludir el pago.
Me gustaría saber qué es lo que tendría que hacer para demostrar nuestra inocencia.
Otra cosa es si podemos solicitar pagar esto de forma aplazada.
También me gustaría saber hasta qué punto pueden atacar a esa vivienda que era independiente de la empresa con la que contrayó la deuda y que desgraciadamente después tuvo que declararse insolvente.
¿qué debo de hacer? y saber también si debo preocuparme por dicha condena.
Gracias por adelantado.
El asunto no tiene muy buena pinta, aunque está algo embrollado, usted dice que se hace una falsa venta -en mi opinión, siempre desaconsejable- y se va a vivir allí, en 2.007 quedando la casa a su nombre y ampliando la hipoteca, después se vende la casa, ¿ésta vez venta real?
Esto en principio sí podría ser un alzamiento de bienes, que trata de deshacerse de bienes en perjuicio de acreedores.
Lo que pregunta sobre reintegrar al patrimonio del condenado los bienes que salieron de él, lógicamente se refiere a integrar la vivienda al patrimonio de su padre, que la venta de la vivienda sea nula.
Cuando existen deudas, el deudor no debe deshacerse de ningún bien que posea, si no le quedan suficientes para hacer frente a sus deudas, al menos una vez que empiezan a reclamarle los pagos.
Lo de solicitar el pago de forma aplazada es algo que deben tratar con la financiera, aunque hubiera sido mejor que lo hicieran antes de todas estas acciones.
Si no tienen ustedes un abogado, les aconsejo que contacten con uno, y a la vista de todo les aconseje convenientemente.
Muchas gracias por la respuesta, no obstante quiero aclarar algo, porque si es cierto que queda algo embrollado todo.
Verás, mal o bien, se hizo el cambio de titularidad de la casa a mi nombre por consejo de otro banco, ya que al ser yo por aquel entonces menor de 25 años podría pagar una menor cantidad todos los meses. NUNCA se hizo con la intención de eludir los pagos, puesto que estos podrían seguir cobrandose al ser yo la Administradora de la empresa que hizo la compra.
La casa siguió en venta igual y se vendió un año después, por supuesto que esta vez real, a un hombre que se trasladó de otra localidad y vendió su anterior vivienda ¿cómo van a echarlo ahora de su casa?
Por cierto, no estoy segura, pero creo que precisamente esta deuda no hizo reclamación hasta después del cambio de titularidad a mi nombre.
En este momento nos preocupaban otras deudas que tenía y que le estaban amenazando con llevarlo al juzgado, pudieron pagarse todas excepto esta, si no se hubiera vendido igualmente este concreto podría haberse cobrado, pero otros se habrían quedado sin cobrar.
Según tengo entendido un alzamiento de bienes es cuando se intenta ocultar un bien para no hacer frente al pago, pero en este caso no había nada que ocultar, porque se pagó todas las deudas excepto esta. Por otra parte tengo que decir, que si no se llega a vender no sé que habría sido de mi padre, ya que su situación era desesperada.
Tengo claro una cosa, nuestra intención nunca fue evitar un pago.