De ninguna manera puedes presentar una demanda ejecutiva con una pretensión distinta que la mera ejecución y todos los actos coercitivos propios de la misma. Te tiene que ser rechadada esa pretensión de plano porque es una cuestión que pertenece al rubro declarativo, no ejecutivo.
Acumular rectificación error material y aritmetico a la ejecución.
Sentencia con incongruencia y errores en única instancia. Se pidio aclaración y contra rechazo inmotivado, incidente de nulidad (aún más inmotivado). Se alzó recurso de amparo, por la especial trascendencia de este motivo consolidada jurisprudencialmente, no obstante se obtuvo providencia de inadmisión (soprendentemente el TC no aprecia interés contra su propia doctrina...). Voy a pedir ejecución, pero la rectificación de error ARITMÉTICO y material, se puede pedir, según 214.3 LEC, 267.3 LOPJ, " en cualquier momento".
Entiendo que se puede acumular la pretensión de rectificación a la solicitud de ejecución, y que no hay cosa juzgada porque las resoluciones anteriores son de mera inadmisión. ¿Qué opinión os merece?. Muchas gracias.