Saludos al foro, os planteo una duda que me desvela:
Una trabajadora con contrato de interinidad de la administración pública , tras el descanso maternal solicita disfrutar de las horas de lactancia acumuladas (1 mes), ¿es compatible dicha circunstancia con la de solicitar seguidamente una excedencia ( por una duración de tres meses) para el cuidado de un ese hijo menor de tres años?. (la duda radica en el hecho de que el mes concedido por acumulación de horas de maternidad, supone la suma de horas reducidas de su jornada laboral hasta que el niño tiene nueve meses, pero de esos nueve meses los tres últimos la trabajadora estaría en excedencia caso de ser concedida.)
Gracias a todos por vuestra ayuda.