Son independientes; dos papeletas de conciliación, dos demandas, dos juicios.
Eso sí en el proceso por despido se puede reclamar el importe de la indemnización y salarios de tramitación.
Otras diferencias salariales serían por otro procedimiento independiente.
Alguien puede asegurarme que no siguen sin poder acumularse demandas por despido junto con la reclamación de cantidad, después de lo regulado en la nueva Oficina Judicial?