Presentadas tres demandas de juicio verbal sin intervención de abogado (mismo demandante y mismo demandado, pero cuantías y hechos distintos -la cantidad de cada una de ella es inferior a 900 euros-). Todas las demandas admitidas a trámite y señalado día para el juicio. El día del juicio de la primera, comparece el demandado con abogado y procurador (el demandante no sabía de la intervención de dichos profesionales), y piden en el acto del juicio la suspensión por haber otras demandas sobre los mismos hechos. El demandado dice que no se trata de los mismos hechos y que la suma de todas las reclamaciones excede de los 3000 euros para procedimiento verbal, y que no procede, en base al art. 438 de la LEC la acumulación; el juez no estima los argumentos del demandante, suspende el juicio y dice al demandante recibirá escrito para alegar lo que le convenga.
Preguntas: ¿Puede comparecer, sin más, en juicio el demandado con abogado y procurador sin haber comunicado anteriormente nada? ¿Es procedente la acumulación de las demandas, de hechos totalmente diferenciados, cuya suma de cantidades excede de 3000 euros?