Represento a varios inquilinos de una promoción ejecutada. La ejecutante ha instado la recuperación de la posesión y, por lo tanto, procede la vista del 675.3 LEC. El problema es que el juzgado me acaba de dictar DIOR en el que señala una sola vista y, por tanto, en esta habrá 19 partes distintas con distintas representaciones y defensas.
Tengo pensado recurrir en reposición por incorrecta acumulación de procesos (74ss y 555 LEC), aunque la jurisprudencia sobre las vistas del 675.3 LEC que encuentro es bastante parca.
Hola, insigne compañero. Te daré mi modesto enfoque. Eso NO es una acumulación de procesos (pues solo hay uno) sino una acumulación subjetiva de acciones ex art. 72, y es perfectamente plausible. Tratándose de una situación homogénea, como es la de inquilinato, procedería lo dispuesto en el artículo 531 y hasta sería conveniente presentar un escrito para que el tribunal resuelva sobre la defensa y representación y evitar de esta forma que suban 19, siempre y cuando la resolución que se dicte pudiera ser la misma para todos, que es lo que parece. Por lo demás, hubiese lo correcto lo previsto 661.2 ya que son poseedores con justo título, y el 675 se refiere a los okupas sobre los que recae una previa resolución conclusiva, si están dentro "por mero hecho y sin justo título", lo cual no es el caso de los inquilinos. Aunque la ley 675.3 habla de "vista" no se trata de una en sentido convencional, sino para resolver sumarísimamente sobre la posesión de hecho, y sin sujeción a normas procedimentales (vgr un verbal), por lo que no es necesaria defensa ni representación, pudiendo acudir solos los interesados con las pruebas de que intenten valerse, generalmente de abolendo documental. Te cabría un recurso de reposición por haberse quebrantado el art. 661 y ser el procedimiento inadecuado.
Agradecer, como no podía ser de otra manera, su siempre docta opinión y ayuda. Solicitaré, en primer lugar, aclaración y complemento para que determinen, de manera concreta, tanto el objeto de la vista como el vehículo procesal que la habilita.
Con la aclaración en mano, recurriré en reposición.