Corraboro lo apuntado por Eumeo y le recomiendo que también eche un vistazo al convenio colectivo "real" de aplicación, ya que seguramente también existan diferencias salariales.
Aunque ya lo sabrá porque no ha dicho nada al respecto, no se olvide de la indemnización con efectos de despido improcedente con antigüedad desde el primer contrato, junto a las nominas, pero en este caso sin mora del 10% ya que esta solo opera con los salarios impagados.
No, que en la demanda se ponga una coletilla indicando que, si no se pagan nóminas desde la presentación de la demanda hasta le declaración de la sentencia, se acumulen a esta (a la demanda) las cantidades que en esas fechas devieran devengarse. (y no olvide el 10% de recargo de mora)
Gracias Eumeo por su respuesta, así lo haré!. Sólo una duda: ¿cómo demostrar las nóminas impagadas hasta la celebraci´n del juicio? debería de demadar cada impago y que se sume, acumulen, a la demanda inicial?. Gracias.
Si le he entendido bien lo que pretende es acumular en la demanda las nóminas que, prevee, no cobrará hasta que se celebre el juicio.
Yo veo varios problemas: uno que realmente no sabe si las cobrará o no (presumiblemente no, pero la certeza no la tiene), y segunda que no sabe cuándo se celebrará el juicio ni se dictará sentencia.
Lo mejor es que en la demanda diga que reclama igualmente las cantidades salariales que dejará de percibir desde la presentación de las mismas hasta se dicte auto favorable, pero sin indicar qué cantidades pudieran ser esas.
Hola,
Voy a demandar a la empresa por retrasos e impago de nóminas así como extinción contrato art. 50 ET. ¿Puedo solicitar las nóminas pendientes hasta la fecha de juicio?. En tal caso, ¿Cómo debo actuar? quiero decir,¿ tengo que poner papeleta de conciliación por cada nómina impagada? o es posible solicitar en el mismo escrito de demanda se acumulen las nóminas impagadas que resulten hasta la celebración del juicio?. Gracias.