Soy novata y tengo muchas dudas en materia penal. Mi cliente ha sido agredido fisicamente por otro señor, probablemente se tratará de falta de lesiones, dado que hablamos de puñetazos. Hay atestado y tb declaraciones de testigos. El no se defendió. Entre ambos existia un contrato verbal de compraventa, el agresor no le llegó a pagar ningun mes lo acordado. Uno de los testigos ha declarado de la existencia de dicho contrato. Mis dudas son:
1. No hace falta abogado ni procurador al tratarse de falta de lesiones, no es así?
2. Si la acción civil se puede acumular a la penal, entiendo que:
- Solo se puede acumular la indemnizacion civil por los daños ocasionados.
- Tambien se podria acumular el impago de la deuda derivada del contrato de compraventa o para su reclamación hay que iniciar proceso civil?? En este caso, podría tener acceso a la justicia gratuita, dado que cuenta con muy pocos ingresos?
Muchas gracias. Espero vuestras respuestas, dado que la duda me persigue
1. No hace falta.
2. EL contrato es ajeno al proceso penal.
3. Si cumple los requisitos de AJG y es preceptiva la actuación de abogado se la concederán.
Y no te lo tomes a mal pero estando taaaaaaan perdida quizá debieras pasar el asunto a otro compañero o al menos compartirlo y que te guíe un poco. Te falta muchísimo estudio. La práctica te la da el tiempo, el estudio la dedicación....y lo segundo depende de cada uno.