Hola a todos, me cuelo aqui porque necesito ayuda, por favor.
En el convenio de mi empresa (convenio propio) se contempla la posibilidad de acumular las horas de lactancia (o al menos asi lo creia yo) porque a la hora de la verdad resulta que la empresa hace el computo sobre media hora...
Os pongo como esta redactado a ver que opinais
Las horas legalmente establecidas como permiso de lactacia podran acumularse mediante el disfrute del tiempo de permiso retribuido que resulte de aplicacion a la fecha de incorporacion efectiva de la madre al trabajo, tomando como referencia para su calculo final, la de la fecha del cumplimiento de la edad de nueve meses por parte del recien nacido.
pues salvo que tu convenio mejore el tiempo de lactancia (al margen de la posibilidad de acumulación ya reseñada), es correcta la interpretación de la empresa.
Piensa que la hora de permiso por lactancia, divisible en dos fracciones, supone acudir a la hora al trabajo, ausentarse y regresar (una o dos veces, segun lo fracciones o no) y la alternativa es REDUCIR LA JORNADA EN MEDIA HORA (art. 37.4 E.T.).
Un saludo
pues no lo entiendo...
Por que si yo no acumulo las horas resulta que tengo derecho a ausentarme 1 hora de mi puesto de trabajo (para dar de mamar, el biberon o sacarme la leche...) y si quiero acumularlas solo tengo derecho a media hora?
No podria ser tambien la otra la interpretacion correcta? Es decir, yo le planteo a la empresa que si no las acumulo hasta que mi hijo tenga 9 meses voy a ausentarme 1 hora diaria (retribuida)... Que mas le da a la empresa? Legalmente hablando...
Pues la empresa probablemente te dirá que pues muy bien, que lo hagas. Pero salvo que vivas muy cerca de la empresa ya me dirás como te vas a ausentar y regresar al trabajo en una hora y, si aún siendo materialmente posible, te compensa.
Normalmente se suele optar por reducir media hora la jornada. Es menos tiempo pero suele ser más practico.
Y si no se permite acumular esa hora de ausencia como reducción equivalente en un solo dia, ya me dirás cómo van a permitirlo hacerlo en esa proporción la acumulada en varios meses.
Ahora, si consigues acordarlo con la empresa, estupendo (sobretodo si crees que pues cumplir con tu amenaza de disfrutar la hora de ausencia y ello les resulte disuasorio, pero aún en ese caso, pesará el hecho de sentar precedente).