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Acumulación de horas de lactancia

3 Comentarios
 
18/02/2009 09:39
En base al literal de la norma yo tambien entiendo que se considera una hora diaria a efectos de calcular la acumulacion.
En cualquier caso, la norma no regula o concreta de forma general el tema de la acumulacion, solo plantea la posibilidad, dejando su concrecion al acuerdo de las partes o convenio, así que habra que ver cada caso.
Algunos convenios establecen un determinado numero de dias o semanas a tanto alzado. En otros casos se considera el nº de dias habiles comprendidos dentro del periodo de referencia (desfe el fin del permios de maternidad hasta los 9 meses del parto y descontando las vacaciones que se disfruten dentro de ese periodo).

Saludos
17/02/2009 17:02
Gracias, yo también creo que son días laborables. Me salen 14,2 días, es correcto?
17/02/2009 16:08
Laborales. Te preguntarás en que me baso, pues si se calculan en base a días laborales (cada día laboral coges media hora) lo que resulta de juntar ese tiempo tendría que ser días laborales.

El convenio dice que para la acumulación de las horas se han de coger a razón de media hora diaria? O es lo que tu extraes del Estatuto? Tal como está redactado, para mi debería acumular la hora de ausencia.
Acumulación de horas de lactancia
17/02/2009 13:18
La acumulación de horas de lactancia según creo es de 1 hora de ausencia o media hora de reducción de jornada. Si se acumula ese tiempo entiendo que son las medias horas y en total serían 7 días mas baja por maternidas. Son días naturales o laborables? Gracias es urgente.