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acumulacion de autos

1 Comentarios
 
Acumulacion de autos
15/10/2006 19:50
En mi partido judicial tenemos un juzgado que se ocupa exclusivamente de ejecucion de sentencias sociales.Tengo en el una ejecutoria en concreto.A su vez tengo una sentencia desde hace dos meses con las mismas partes de la ejecutoria mencionada y lo que quisiera saber es si la acumulacion de autos se pide en la misma demanda de ejecución ante el organo que dicto sentencia, o tengo que esperar a que el juzgado que dicto sentencia remita el auto de ejecucion al juzgado de ejecutorias y una vez admitido por este solicitar la acumulación.Espero haberme hecho entender. Gracias.
17/10/2006 00:27
yo no la pido, en lo social las acumulan directamente y casi siempre lo hacen rápido y bien.

solicita la ejecución del fallo simplemente.

un saludo