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Acumulación acciones desahucio

6 Comentarios
 
Acumulación acciones desahucio
17/04/2008 12:33
Una vez anunciado por el arrendador con 2 y 1 meses de antelación la voluntad de finalizar el contrato por fin del plazo convenido, me gustaría saber si hay un plazo para presentar la demanda de desahucio.

Por otro lado el arrendatario no ha pagado estos dos últimos meses al haber recibido la carta.

Puedo acumular las dos acciones? En caso de que presente la demanda justo después de expirado el plazo del contrato podría el arrendatario enervar las cantidades y suspender el desahucio incluso por fin del plazo contractual?

Gracias,
17/04/2008 15:54
El fin del plazo del contrato es indiferente del desahucio.
Si ha expirado el plazo no tiene sentido el desahucio, si la reclamación de las rentas que adeude.
Si no ha expirado el plazo puede interponer el desahucio y acumular el reclamo de las rentas no abonadas.
Salvo mejor opinión.
Reciba un saludo
17/04/2008 17:06
Gracias por la respuesta.

De todos modos ´faltan 15 días para que finalice el plazo del contrato y el inquilino no nos ha comentado nada y tampoco ha pagado estos dos meses.

Intuímos que no se van a ir, por eso en caso de que no se vaya tendré que presentar una demanda de desahucio por fn de contrato y al mismo tiempo por impago de la renta.

En caso de que enerve la acción y pague podría el juez suspender el desahucio?

Gracias,
Leti.

perfil Jan
17/04/2008 17:38
Hola Leti. Como bien ha dicho el Sr/a juliarigo NO debe confundirse la expiración del plazo pactado con la reclamación de rentas, ya que son 2 acciones distintas.

En su caso concreto hay 2 opciones:

1) Que su arrendatario abandone la vivienda el día en que expire el plazo. En este caso, previa reclamación extrajudicial(burofax) sino paga podrá interponer demanda de reclamación de rentas vencidas y no satisfechas. En este caso NO habrá desahucio pues el contrato se habrá extinguido y usted habrá recuperado la posesión de la vivienda.

2) Que su arrendatario NO abandone la vivienda el día en que expire el plazo. En este caso usted deberá interponer Demanda de Resolución de contrato(desaucio) por expiración del término, acumulando acción de reclamación de rentas vencidas y no satisfechas. En este caso, AUNQUE el arrendatario PAGASE las rentas NO existiría enervación y el desahucio continuaría adelante por expiración del plazo pactado.

No se preocupe pues su caso procesalmente es bastante sencillo.

Reciba un cordial saludo.
17/04/2008 18:53
MUCHAS GRACIAS!

Esperaré a que finalice el plazo y si no se va será cuando ejercite la demanda.

Un saludo,
perfil Jan
18/04/2008 12:22
Hola Leti. No se merecen. Ha sido un placer poder orientarla.

Reciba un cordial saludo.
19/04/2008 01:26
cabe se;alar que no tengo contrato por escrito, solo verbal, y tengo todos los recibos de pago de renta hasta octubre 2007 y las consignaciones hasta el mes de abril de 2008, osea todo esta pagado...gracias por su asesoria.. markc