Al césar lo que es del césar. Los administradores de fincas no tienen nada que ver con esto. El tema que propongo es ver dónde se está fallando a nivel de propiedad horizontal: la ley, los administradores, los propietarios, ...
que un árbitro se equivoque y ganen unos u otros, al fin y al cabo no tiene demasiada importancia.
pero que un niño se este muriendo, despues de una paliza (causada por su madre adoptiva) que tenía mas de 30 denuncias por malos tratos, hacia ese niño, es algo que nadie comprende, ni acepta.
y yo pregunto
esos asistentes sociales, los jueces, donde estan,
cuales son sus nombres y que responsabilidades asumen ante casos tan detestables como estos.
en las carceles, los mas inocentes. el resto de delincuentes suelen estar por ahi fuera.
Se da exactamente igual, dime una profesión y te pondré encima de la mesa no menos de 100 quejas, y por cada queja que aportes de un administrador, juez, abogado, médico, etc..., te aportaré otras de profesiones diferentes.
Los casos malos se ven en todos los foros, los casos bueno no salen a la luz.
Un ejemplo, los árbitros, siempre sale cuando hay un mal arbitraje, pero cuando alguien lo clava, no se habla, es siempre lo mismo.
Y normalmente, los que más se quejan, lo hacen por rencillas, es impepinable.
Aunque sin embargo he de reconocer una cosa. Hay innumerables colectivos: médicos, ingenieros, arquitectos, abogados, periodistas, albañiles, fontaneros, electricistas, azafatas, carpinteros, herreros, ... en los que es muy dificil por no decir imposible encontar consecutivamente tres profesionales que actuen sin ningun pudor de forma contraria a la Ley.
En el mundo de los administradores de fincas, a mi me ha ocurrido, y empiezo a temer por los comentarios que oigo que no debo ser el único.
Negar que algo pasa con este colectivo es dar la espalda a la realidad. No debemos de ninguna de las maneras generalizar, por respeto a los que sí son leales con sus clientes, pero afirmar que en la administración de fincas se da el mismo índice de falta de profesionalidad que en el resto de profesiones es sencillamente faltar a la verdad y a una realidad que no se puede maquillar.
1. Los acuerdos de la Junta de propietarios serán impugnables ante los tribunales, de conformidad con lo establecido en la legislación procesal general, en los siguientes supuestos:
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b) Cuando resulten gravemente lesivos para los intereses de la propia comunidad en beneficio de uno o varios propietarios.
¿Y porqué han de beneficiar necesariamente a uno o varios propietarios? ¿Y porqué no pueden ser lévemente lesivos?
No se puede focalizar la culpa de lo que pasa en un colectivo. Es un cúmulo de circunstancias.