En una Junta de una Comunidad, "han aparecido" en el apartado de Ruegos y Preguntas, una sería de acuerdos que ademas no fueron tratados.
El Administrador que ejerce las funciones de Secretario, es un Administrador colegiado.
¿Podría denunciarse el caso en el Colegio de Administradores de Fincas?.
¿Creen que el Colegio tomará medidas contra su colegiado por incumplir la LPH?.
Porque tempoco los temas acordados justifican gastarse el dinero en una impugnación judicial.
En Ruegos y Preguntas es para eso, un Administrador colegiado que incurre en esas irregularidades, debe tener razones poderosas para complicarse la vida.
Denunciar al Colegio de Administradores de Fincas, se puede, otra es que actúen correctamente, en vez de proteger a su colegiado, si no fuese colegiado actuarían con el peso de la Ley, aunque quien sabe y por alguna vez lo hacen correctamente.
Los acuerdos sobre asuntos fuera de los puntos del orden del dia son nulos, inexistentes. Los puntos del orden del dia sobre los que se acordará, se envían para ser estudiados y tenerlos sabidos antes de la junta, que hará la deliberación final.
En ruegos y preguntas no caben acuerdos. Son gazapos anulables donde los "listos" cuelan sus intereses, por sorpresa. S.m.c.
Pero, ¿quien se mete en una impugnación judicial por ese tema, sin tener la seguridad de que el juez le va a dar la razón y va a anular los acuerdos, arriesgandose encima a ser condenado en costas?.
Debería existir un Organismo Público que velara por la legalidad en la Juntas de Propietarios y al que cualquier propietario pudiera acudir sin necesidad de gastarse el dinero en juicios.
En el apartado de ruegos y preguntas no se pueden tomar decisiones. Este apartado es solo para aclarar las cosas que no se hayan entendido en la reunion. No es valido tratar cualquier tema o votar sobre algo que no conste en el orden del dia ya que puede que ese punto interese a alguna persona que no este presente en ese momento, si se trata de algo de suma importancia se debera convocar otra reunion con caracter extraordinario para tratar dicho punto.
Acriton, creo que las batallas no deben ser en un solo frente, sino en varios que se complementen y reafirmen y confirmen el proceder.
En otro post, he expuesto que se puede pedir el libro de reclamaciones, por incurrir en un Acta irregular, donde se salta la LPH.
También se puede denunciar al Colegio de Administradores de Fincas.
Después de esos pasos complementarios, se puede acceder a una denuncia, por incurrir en ilegalidad, mala fe, e intereses creados por los que se hacen esas irregularidades.
Yo también me reitero, ¿porqué haría algo así el Administrado?