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acuerdo nulo o no?

5 Comentarios
 
22/05/2011 09:08
Hola a todos:

Chelinka, mirando un poco más detenidamente, he observado en algo que no había caído, es que la instalación de una barrera en el patio, podría estar contrariando el Título Constitutivo, por lo que no sería viable sin unanimidad, eso unido a la aprobación en Ruegos y Preguntas, tienes más que motivos para ganar.

Primero pide el Título Constitutivo y mira que no conste ninguna barrera, no lo tendrá, por tanto modifica el Título Constitutivo, si no se ha votado por unanimidad, tienes temas afianzados en los que apoyarte.

Gracias por todo.

Saludos.
20/05/2011 17:12
Antonio Bernardo, gracias.
Se que aprobar cosas en ruegos y preguntas es anulanle pero pasando por una impugnacion.

El tema en mi caso es que entre la junta donde supuestamente ocurrio eso, aprobar la instalacion en ruegos y preguntas, la instalacion de los pivotes y la junta donde se ratifico el que si se habia aprobado pasaron mas de tres meses y salvo que se pueda impugnar antes del año no hay nada que hacer. ¿Seria posible? Ademas esta el que el acta correspondiente en la que no figura el acuerdo que dicen se tomo no se ha modificado a pasar de que asi lo solicite.

Saludos
20/05/2011 14:15
Hola a todos:

Chelinka, una cosa son los acuerdos aprobados en Junta, incluidos en un punto y otra cosa es una aprobación en Ruegos y Preguntas, que según la ley es anulable, si se impugna, claro. De hecho hay Jurisprudencias sobre ello, donde dice que ese tipo de aprobación, deja desprevenidos a los Propietarios, lo que ocasiona una indefensión, ya que de saber que existía el punto, podría haber acudido el que no lo hizo, por ser de su interés, Anonim@ seguro que puede poner Jurisprudencias de ello.

Gracias por todo.

Saludos.
20/05/2011 14:03
Muchisimas gracias por su respuesta Talid.

No necesito utilizar la barrera para acceder ya que existe otra entrada que no se va a cerrar (es absurdo pero es asi).

La oposicion por escrito se realizo precisamente porque no constaba identificacion de los votos contrarios a la instalacion y para poder demostrar esta.

Como ya indico, la comunidad quiere obligarme al pago e incluso amenazan con llevarme al juzgado por morosa.

A pesar de todo me queda una duda:
¿Puede la comunidad por acuerdo de instalacion de esta barrera impedirme el paso a un terreno comun solo porque me opongo a la instalacion y al pago de la misma?

Creo que aqui entran en conflicto dos derechos pues nadie deberia impedirme la libre circulacion por MI propiedad porque a una mayoria se le ocurra cerrar el paso con una barrera, al igual que yo no puedo impedir que esa barrera se instale ya que se da la mayoria suficiente para ello.

Si alguien puede aportar algo mas estaria muy agradecida.

saludos.
20/05/2011 10:56
Creo que la cuestión es si Ud. necesita usar esa barrera para acceder al patio o algún otro sitio. Si la tiene que utilzar, tendrá que pagarla, a tenor del apartado 2 del art.11.2 de LPH, aún cuando supere las 3 mensualidades y se haya opuesto. Por cierto, con el voto en contra, recogido en acta con datos que le identifiquen es suficiente para no tener que realizar la aportación de la innovación no exigible, no siendo necesario oponerse al acuerdo.
Acuerdo nulo o no?
20/05/2011 08:49
Hola a todos:

En mi comunidad se propuso la instalacion de una barrera en el patio. Se hizo en ruegos y preguntas y asi consta en el acta correspondiente. Poco despues esta barrera se instalo.

Ante las protestas de los vecinos pues muchos no la querian el asunto se llevo a una junta. En el orden del dia no se incluyo como un acuerdo a tomar sino que se decia literalmente que se habia aprobado en la junta anterior. No acudi a esa junta pero consta en acta que se pidio a los que asistieron que confirmasen la aprobacion del acuerdo. La gente se acobardo y dieron la callada por respuesta como consta en acta. El administrador hizo una pregunta torticera en la que se vinculaba la permanencia de esta barrera a la futura instalacion de otra barrera automatizada. Nadie impugno estye acuerdo por lo que ahora nos encontramos "obligados" a una instalacion muy cara.

Yo vote en contra de esta permanencia (por delegacion de voto) y lo ratifique por escrito en los 30 dias no para impugnar el acuerdo sino para acogerme al articulo 11 de LPH y no pagar esta instalacion si supera las tres mensualidades.

Ya se han presentado presupuestos para la barrera automatica y en efecto todos superan las tres mensualidades. Aun no se ha convocado junta para elegir alguno de ellos, sera la proxima semana.

La comunidad se opone a que me "libre" del pago y asi se me ha comunicado.

¿Que puedo hacer? ¿Deberia haber impugnado la "ratificacion" de la instalacion "vinculada"?¿Tengo que tomar alguna otra medida cuendo se apruebe el presupuesto para la barrera automsatica?

Espero vuestras aportaciones.
Saludos