Cuando hablo de acuerdo privado concerniente al ámbito patrimonial, me refiero a todo aquello que tiene que ver con pensiones compesatorias o con la liquidación del patrimonio común.
Los cambios de custodia, al afectar a menores de edad son entendidos de orden público, por lo solo valen para en el caso de una modificación de medidas presentarlo como prueba documental, aparte de las demás que lo demuestren de facto.
El caso que comentas no sé muy bien que responder. En teoría tiene las de perder el que obtuvo la custodia vía documento privado, pero puede darse abuso de derecho por el otro y no ser tenido en cuenta por SSª.
Trajearayas, yo no soy abogada pero he vivido un caso similar y te puedo decir ke tiene sí tiene valor como contrato privado, pero por mi experiencia te diré ke si el día de mañana os ponéis a malas de verdad a ver cómo demuestras cuando ella diga ke esa firma no es suya, ke la engañaste para ke lo firmara, ke ese contrato se rompió porke vosotros volvisteis durante un tiempo a ser pareja, etc... Con esto te kiero decir ke si te kieres curar en salud lo ratifikéis y te ahorrarás varios dolores de cabeza.
Hace tiempo ke estuve buscando información sobre este tema porke me interesaba y buské una sentencia, pero ahora no me acuerdo, en la ke el juez daba validez a un contrato no ratificado... si logro encontrarla te la pasaré.
¿Todo acuerdo? Puede ser considerado un cambio de custodia, por documento privado, sin visarlo Su Señoria? Supongamos un caso extremo, hay un cambio de custodia con documento privado, pero las circuntancias cambian, y se vuelve la custodia al progenitor inicial. Ahora este progenitor inicial, denunica al otro, por falta de pago de pension, por el tiempo que la custodia la tenia el otro proenitor. ¿Sirve ese docuemnto privado para hacerle ver a su Señoria que la custoida era del otro progenitor?
Al tratarse de cuestiones referntes a los hijos, son consideradas de orden público, por lo que los acuerdos en relación a ellos deben ser fiscalizadas.
No obstante, dependiendo del criterio del juzgado, si es considerado beneficioso para los menores puede ser vailadado (me refiero a ciertos supuestos en los que se ha pactado, por ejemplo, se acuerdo una cantidad en concepto de alimentos, y tras un incumplimiento se quiere hacer ejecutar. Si el juez estima que es ajustado, siguiendo la doctrina de los actos propios puede ser tomado en consideración e incluso ejecutarse. Pero no es lo habitual.)
1. Que pasa si no se pasa por el juzgado? Supongo que no tiene validez jurídica.
En el acuerdo, supongo además de cambio en cuanto a visitas, se puede hacer otros cambios como económicos y demas.
Me refiero a demás, por ejemplo: "Donde decía el padre disfrutará de un mes de vacaciones, diga, el 50% de las vacaciones (son unos 10 días más para mi).
1. Sí. Hay que pasarlo por el Juzgado
2. El vencimiento o revisión depende de la voluntad de las partes. Si no, se entiende que sustituye al anterior con una validez sine die.
3.Si pasa por el Juzgado, como decía sustituye al anterior.
4. El incumplimiento será ejecutable directamente, como cualquier otro.
5. Siempre es conveniente, aunque si pasa por el juzgado, ya adquiere condición de documento publico.
4.
Acuerdo mutuo fuera de juzgado. validez?. vencimiento?
Para evitar males mayores y consultas Juez-Psicólogo a mi hija, hemos concertado una reunión mi ex y yo acompañados de nuestros abogados a fin de llegar a un acuerdo fuera de convenio.
No es que tenga muchas esperanzas, porque en la boca de mi ex solo cabe la palabra "vía judicial", pero haber conseguido esta reunión, ya es algo.
Los cambios de medidas en materia económica y en régimen de visitas, serán plasmados supongo en acuerdo escrito y firmado por los intervinientes.
Quisiera saber, si llegara el caso a este nuevo mutuo acuerdo fuera de convenio que validez tendría.
1. Hay que ratificarlo en el juzgado?
2. Tiene un vencimiento o que procedimiento se realiza para paralizarlo?
3. Lo puede paralizar cualquiera de las partes en un momento dado y volver al convenio?
4. Caso de incumplimiento, en el juzgado tiene validez el acuerdo?
5. Firman los progenitores, pero también abogados o testigos?
Agradecería cualquier información al respecto a fin de hacerlo bien, si bien digo , vamos con abogados.