Hola, os comento mi caso, presente el 30-9-2005 baja en la actividad que ejercia, mi declaracion de IVA 3º trim. puse a compulsar 160€ y en plazo vigente presente el resumen anual mod. 390 poniendo en la casilla a devolver 160€. En junio 2006 me llego requerimiento Agencia Tributaria donde me exponian que habian detectato "ciertas incidencias" para cuya subsanacion se solicita:
Certificado cuenta bancaria para transferir la devolucion y aportar modelo 300 - 4º trim. 2005 solicitando la devolucion, asi lo hice y cual no seria la sorpresa que en octubre me llego acuerdo de iniciacion y tramite de audiendia de expediente sancionador. Presente alegaciones y este mes me han notificado acuerdo de imposicion de sancion con la carta de pago de 200€ reducida en 150€, he vuelto a recurrir pero ¿tengo que pagar la sancion, o espero a que me contesten.?, No es normal que por un error en el mod. 300- 3º trim. declarando a compulsar en vez de a devolver tenga sancion.
Gracias.
Gracias.