nuria, alegato......gracias, gracias.
con vuestras respuesta y la de mi abogado,intentaremos defender,en la medida de lo posible, este caso.
hay mas puntos a tener en cuenta,pero me ha parecido prudente no exponerlos aqui, por seguridad del mismo.no obstante,el enfoque principal era este.
muchas gracias por vuestra ayuda.
un saludo y doy el tema por finalizado.a no ser que tengais algo mas que añadir....
Gades la cuestión que vd plantea permite poca discusión (salvo la posible alegación de prescripción).
Vd. firmó un convenio regulador de divorcio en el año 2005 comprometiéndose a abonar en concepto de alimentos por sus hijos menores una determinada cantidad. Dicho convenio regulador lo ratificó vd. a presencia judicial y el juez lo homologó expresamente en la sentencia de divorcio.
Al parecer vd., desde el divorcio hasta la actualidad, no ha cumplido con el pago de la pensión de alimentos establecida judicialmente a favor de sus hijos menores limitándose a abonar tan solo por ese concepto y en todo este espacio de tiempo (2005-2014) la mitad de sus pagas extras y una ayuda que recibe de la empresa por tener hijos en edad escolar.
Recientemente ha recibido vd. una demanda de ejecución reclamándole todos los atrasos de la pensión de alimentos de sus hijos menores de edad, con sus correspondientes intereses y costas de la ejecución.
El juzgado, aparte de embargarle, le habrá dado un plazo de diez días para que vd. se pueda oponer a la ejecución entablada pero, sinceramente, no veo por ningún lado motivo o razón alguna para oponerse (dejando a salvo lo que luego le expondré acerca de la prescripción) y ello por lo siguiente:
1º.- El acuerdo extrajudicial que vd. dice haber alcanzado verbalmente con su ex mujer es, como le han dicho acertadamente, absolutamente irrelevante. El problema no estriba en probar su realidad ante el juzgado (cuestión por otro lado harto difícil) sino que dicho acuerdo, caso de haber existido, sería nulo de pleno derecho al implicar una renuncia a los alimentos de los hijos menores proscrita por nuestro ordenamiento jurídico. (artículos 151 y 1814 del Código Civil). Dicho acuerdo únicamente tendría eficacia jurídica si se hubiere hecho valer ante el Juzgado (por medio del llamado incidente de modificación de medidas tramitado de mutuo acuerdo), bajo la intervención del Ministerio Fiscal, y se aprobara u homologara por el Juez la modificación a la baja de los alimentos por ahora debidos a sus hijos menores según sentencia judicial.
2º.- Los escasos pagos que ha realizado en todo este período de tiempo podrá oponerlos vd pero, claro está, siempre que no se hayan tenido ya en cuenta en la demanda de ejecución entablada por su ex esposa y, obviamente, tenga justificante documental de los pagos realizados.
Lo único que a mi criterio vd. pudiera oponer en la ejecución planteada por su ex esposa es la prescripción dado que la mayor parte de la jurisprudencia entiende que, so pena de interrupción de la prescripción, tan solo se pueden reclamar los atrasos de pensión alimenticia de los últimos cinco años a contar desde la fecha de la demanda de ejecución y no, como al parecer en su caso se pretende -según sus manifestaciones-, desde el año 2005 hasta la actualidad.
En la situación que le describo sería conveniente que vd., bajo el asesoramiento del abogado que ha escogido (que sin duda tendrá un conocimiento más profundo de la situación), llegara a algún tipo de acuerdo de pago con su ex mujer en evitación de generar nuevos gastos como son los gastos de la oposición a la ejecución.
Gades, es una cuestión de prueba y Vd. no la tiene. Es una conversación que no acredita pagos concretos, sólo que existió esa conversación, que ella reconoció ese acuerdo pero es irrelevante a la hora de ejecutar pues en materia de pensión de alimentos, esos acuerdos no sirven. Pero además, al no hablar de fechas e importes concretos, nada prueba. Un saludo.
gracias por tu respuesta, y espero que con la grabacion baste.
si alguien mas tiene algo que opinar,por aqui sigo. a ver si encuentro alguien que haya pasado por algo parecido.
saludos.
lo primero, gracias por tu respuesta.
tus puntos 1 y 2, obviamente, no tienen discursion.en su momento confie en la persona que convivio conmigo 10 años,y las personas cambian.
el punto 3 solo lo puedo defender con la grabacion.....nada de documentos.
el punto 4......veremos como salimos de esta.
en cuanto a la grabacion, no se habla de cantidades especificas pagadas,pero si reconoce claramente haber pactado conmigo el pago de la pension alimenticia de los niños....y de cantidades ya cobradas.
y aunque no se cite ninguna cifra,al hablar claramente de "la mitad de las pagas" en la grabacion,es facil llegar a una cifra,llegado el caso.
y para que puedas juzgar con mas criterio, te transcribo literalmente un parrafo de lo grabado.
"..../
yo; se lo contaremos a los niños,no ??
ella; yo se lo he contado todo a los niños.
yo; tu le has dicho a los niños que yo te estaba pagando la mitad de las pagas ???
ella; si....yo le he contado a los niños que tu me estabas pagando la mitad de las pagas.
yo; y los niños saben que ese es el acuerdo al que habiamos llegado ???
ella; si. los niños saben que ese es el acuerdo al que habiamos llegado.....yo se lo cuento todo a los niños.
....../.
como habras visto,reconoce tacitamente dos puntos muy importantes... haber llegado a un acuerdo diferente al del convenio,y haber estado recibiendo de mi parte la mitad de las pagas.
no se si esta transcripcion cambia tu enfoque del caso.ya me cuentas....
un saludo y gracias de nuevo.
1º. Estas cosas pasan por llegar a "acuerdos" como el que describe sin consultar previamente con un abogado que le asesore.
2º. Vd. estaba obligado a cumplir lo pactado en el convenio regulador, al no hacerlo, debe lo que no haya pagado.
3º. Si puede justificar parte de los pagos porque conste en documento bancario, le reducirán la deuda y a ella, la condenarán en costas por pluspetición en la parte que haya ingresado.
4º. Si no puede justificar pago alguno, pues a encomendarse a la Virgen de Guadalupe porque va a pagar todo con intereses y costas.
En cuanto a la grabación, si no habla de cantidades ya pagadas, no veo como va a acreditar los pagos, las fechas y los importes de las mismas en caso de que haya pagado en mano.
Un saludo.
hola de nuevo.
en el año 2005 nos divorciamos de mutuo acuerdo,quedando la custodia para mi exmujer.y en el convenio regulador pactamos pasar una cantidad para los niños,para que se reflejase en la sentencia.
ahora bien,este acuerdo era solo cara al juicio en si,ya que extrajudicialmente acordamos que yo le pasaria la mitad de mis pagas extras y la ayuda que me daba mi empresa por hijos en edad escolar.
esto no lo firmamos en ningun sitio,ya que fue un acuerdo verbal.
hasta ayer todo fue bien,y no he faltado a ningun pago del acuerdo alcanzado.pero en el curso de 1 año,mi exmujer ha entrado en prision 2 veces,acusada en principio de presunto narcotrafico,con detenciones,registros y todo lo que conlleva esa situacion.
es por esto que decidi solicitar las medidas preventivas y la custodia de los niños,al sentir que no se estaban criando en un ambiente saludable.
ella,al recibir la notificacion de mi peticion ha montado en colera y ni corta ni perezosa se fue al juez para decir en pocas palabras que desde que nos divorciamos no le he pasado la pension alimenticia.
asi que hace unos dias he recibido una notificacion de actuacion directa, donde se dicta sentencia a favor de mi exmujer,concediendole todo lo que pide (atrasos y embargo en mi nomina de la pension alimenticia).
ante esta situacion,me fui a un abogado para saber que podia hacer y le conte todo el caso,desde el principio,como aqui.
este, me dice que lo que me han mandado es un dictamen de ejecucion forzosa y que si no tengo como demostrar que le he estado pagando la pension alimenticia,no hay nada que hacer,ya que los acuerdos extrajudiciales pueden ser validos en ciertos casos,pero no en cuanto a pensiones alimenticias se refiere,ya que se vulnera el derecho de un menor,impuesto por un juez.
de modo que el abogado me dice que si...que tengo que hacer frente a los atrasos que me solicita mi exmujer,porque el acuerdo extrajudicial no es valido en mi caso.pero que en todo caso,si puedo demostrar que le he estado dando la mitad de las pagas extraordinarias en concepto de pension alimenticia,esto podria restar de la cantidad que me esta exigiendo como atrasos.
pero yo me hago esta pregunta...
....si me podria valer para rebajar lo exigido como atrasos,y no para demostrar que era el pago en si ????
no son los atrasos,acaso,el pago de la pension en si ???
o los atrasos los esta contemplando, mi abogado, como una deuda independiente contra la que si poder actuar con los pagos que le he hecho ???
yo,antes de ir al abogado,intuyendo que mi exmujer no diria la verdad en un juicio,me hice de una camara espia y cuando vino a recoger a mis hijos con el coche,le intente sacar la verdad de su boca,y algo tengo grabado,donde ella manifiesta y reconoce haber llegado a ese acuerdo extrajudicial conmigo.
esta grabado en la calle y salimos los dos hablando del tema.
no se que validez podra tener esto en un juicio,ni para que me podra servir.
el abogado,en su posicion,mantiene que me podria servir para rebajar los atrasos que me exigen.y yo creia que este documento podria haberme servido para demostrar que si que estaba pagandole la pension alimenticia y que ella estaba mintiendo a la justicia,con el consiguiente delito.
ruego respuestas y puntos de vista acertados,sopesando todos los puntos y el parecer de mi abogado,con el cual,en mi ignorancia,no estoy de acuerdo.
....y gracias anticipadas por vuestra ayuda.