¿ Es posible que las partes de un proceso de separación y de otro de divorcio, ambos contenciosos llegen a un acuerdo y quieran finalizar el proceso ? ¿ Bastaría con que redactaran un convenio regulador con la ayuda de sus abogados ? ¿Sería ésto válido para disolver la sociedad de gananciales ?
Muchas gracias de antemano.
Es perfectamente posible, en cualquier fase del procedimiento antes de la sentencia reconvertir el contencioso en mutuo acuerdo, y disolver, liquidar y adjudicar los gananciales en el Convenio regulador.
Una vez firmado el Convenio regulador, ¿puede una de las partes cambiar de opinión?.
¿Qué garantías se pueden pedir para prevenir complicaciones de este tipo, habida cuenta de que no se confía mucho en la "constancia" y "estabilidad" de la otra parte?.
Gracias de nuevo por la información, es de gran ayuda.
El convenio regulador, una vez ratificado a presencia judicial, tiene plena validez y es de obligado cumplimiento. Cuestión distinta es si ese convenio es firmado y luego no ratificado ante el Juzgado, en este caso carecen de validez los pactos que contenga, ya que la ratificación judicial es lo que otorga plena vigencia entre los cónyuges. Un saludo.