El edificio tiene tres comunidades de vecinos. 1ª (Pisos + planta parking), 2ª (Pisos + planta parking) y 3ª (planta parking). La comunidad 2ª y 3ª comparten un acceso peatonal desde la calle a sus respectivos parkings. Este acceso, se ha acondiciando con unas obras de mutuo acuerdo. Yo siendo el secretario de la 3ª comunidad, junto con los vecinos de la çjunta que nos reunimos vimos logico que lo normal era pagar la mitad de la factura cada comunidad (2ª y 3ª). Ahora despues de dos años, una vecina quiere impugnar esa decision porque ella dice que la Ley marca que la factura la tiene que pagar las tres comunidades y por coeficientes. O sea, nosotros solo nos pertoca el 675% de todo el edificio y quiere hacer responsables a los que tomaron la primera decision, en la Junta Ordinaria, de lo que segun ella se ha pagado de mas.
Mi pregunta es que nosotros somos una comunidad que no tenemos acceso al edificio, ni tampoco vivimos en el, solo entramos por la puerta del parking individual nuestra, o por un acceso peatonal exterior, que es el que les he comentado antes. Y quedamos con las otras comunidades que no entrariamos en los gastos de reparaciones de Tejado, Fachada, etc. y ellos no entrarian en nuestros gastos de Bombas de agua, etc. Es legal este acuerdo? Estamos obligados todos a participar con coeficientes?Gracias
Primero es necesario saber qué establecen los Estatutos respecto del reparto de gastos.
Segundo, si los Estautos establecen un reparto de gastos distinto al que ustedes hicieron es necesario saber si existe acuerdo en Acta al respecto.
Tercero, la impugnación de acuerdos caduca a los tres meses o al año en el caso de que incumplan lo establecido en los Estatutos o la Ley.
Espero haberle servido de pequeña ayuda.
Salu2.