Muchas gracias de antemano y enhorabuena por este foro... es de una gran ayuda. Os pongo en antecedentes antes de pasar a exponer mis dudas.
PRIMERO
Soy secretario de una Comunidad de 14 vecinos. Hace unos dias tuvo lugar la Junta Ordinaria de Propietarios, celebrada en segunda convocatoria, con la asistencia de 7 vecinos y 3 representados.
En el Orden del Dia figuraban cinco puntos (en los mismos términos, exactamente, que en años anteriores) a saber:
1. Lectura y aprobación.....
2. Informe del estado de cuentas.
3. Resumen de actuaciones llevadas a cabo durante el año 2005.
4. Renovación de cargos.
5. Ruegos y preguntas
Llegados al punto segundo, se presentó a examen el balance de cuentas del 2005 y la previsión de gastos para el 2006 (incluído el importe del ascensor explicado a continuación).
En vista de que en menos de un año, año y medio a lo sumo, habría que cambiar el ascensor (por el deterioro del paso de los años) y supondría un abono de entre 12000 y 18000 euros, el Presidente propuso un aumento de la cuota mensual (no se ha cambiado desde 1996) para ir creando un fondo para este gasto y, así, evitar un desembolso mayor y repentino, en caso de que se tuviese que acelerar la sustitución del citado aparato. No obstante, el nuevo importe de la cuota mensual no sería tomado como una derrama extraordinaria, sino que quedaba fijada así para lo sucesivo.
Se sometió a votación y fue aprobado por unanimidad de los presentes.
SEGUNDO
Al día siguiente de la Junta se escribió a los ausentes (nota en su buzón correspondiente) en los siguientes términos:
NOTIFICACIÓN DE ACUERDO
Pongo en su conocimiento que en la Junta Ordinaria celebrada, en segunda convocatoria, el día 14 de febrero se tomó el siguiente acuerdo por unanimidad de los presentes, según se establece en el artículo 17.3 de la Ley de Propiedad Horizontal:
“Aumentar, a partir del mes de marzo, la cuota mensual a ingresar por los propietarios, puesto que, sin tener en cuenta las derramas puntuales, no se ha revisado desde el año 1996.”
Le informo de que, en su caso, la cuota fijada es de x € (x euros).
Atentamente,
EL SECRETARIO,
TERCERO
A los pocos dias, una vecina ausente deposita un escrito en todos los buzones haciendo referencia al Art. 16.1 de nuestros Estatutos (Art. 17.1 LPH) "Los propietarios que debidamente citados, no hubieran... serán notificados de modo fehaciente y detallado del acuerdo adoptado... si en el plazo de un mes, no manifiestan su discrepancia... se entenderán vinculados por el acuerdo" y manifestando que ella no puede ejercer tal derecho, pues desconoce los acuerdos adoptados en los asuntos tratados en la sesión ordinaria de la Junta.
Así mismo, dice que "dado que no se ha comunicado por ningún procedimiento la actual composición de cargos, traslada su nota a quien proceda, a la espera de recibir notificación fehaciente y detallada de los acuerdos adoptados para manifestar o no discrepancia, de conformidad con lo estipulado en los Estatutos y en la L.P.H." (aclarar que, en los buzones correspondientes a cada cargo, hay unos carteles enormes con las palabras PRESIDENTE y SECRETARÏA... y nunca ha habido ninguna duda sobre quién ostenta qué cargo en cada momento)
Ahora vienen mis DUDAS
1. ¿Es válido el acuerdo?
2. Ese párrafo del Art.17.1 LPH ¿no hace referencia a otro tipo de acuerdos? ¿No séría más correcto aplicar el Art. 17.3?
3. ¿Es obligatorio comunicar a los ausentes la designación de los nuevos cargos? ¿De qué forma?
4. ¿Es obligatorio informar siempre a los ausentes de todos los acuerdos adoptados o sólo de aquellos que les afecta directamente, como en este caso? ¿De qué forma?
5. ¿Cómo puedo solucionar este tema?
Adelantar que no tengo ningún inconveniente en entregarle una copia del acta, de las cuentas y de lo que quiera, pero quiero asegurarme de que está en su derecho por ley y no sea sólo para tocar las narices.
Perdonad la extensión... pero prefiero explicar bien las cosas.
¿Le remite usted, como Secretario, copia de las Actas de las Juntas a todos los propietarios (asistentes y ausentes), a los domicilios que dichos propietarios tienen designados en la Comunidad y en su defectos en el propio piso o local?.
Es la primera vez que estoy como secretario... no he enviado nada a nadie. Pero tampoco me han entregado nunca una copia del Acta a mi, haya o no acudido a una Junta.
Es la primera vez que se da esta circunstancia... Si alguien tenía una duda se acercaba directamente al domicilio del Presidente o del Secretario para solucionarla.
Es una comunidad de gente bastante mayor y poco amigos de movidas... muy tranquila y, hasta hace poco (solo una vecina), muy bien avenida.
Debeis trasladar copia del Acta a los ausentes, según establece el Art. 18, 3º.
¿Por qué del Acta, y no del acuerdo concreto?
Porque todos los acuerdos que se hubieren válidamente adoptado en la Junta afectan a todos los propietarios.
No aclaras si la subida ha sido lineal (Subimos todas las cuotas X Euros)o proporcional (Subimos todas las cuotas un X%) a la cuota de participación preexistente, y ahí es donde podría radicar la inconformidad de esa propietaria, pero no puede actuar con seguridad si no conoce el resto de acuerdos tomados en Junta (Estado de cuentas, previsión de gastos, nombramiento de nuevos cargos, etc...).
La proporcionalidad de un gasto extraordinario es importante para no crear problemas de este tipo, por lo que entiendo que debeis recaudar el fondo para el ascensor como derrama aparte.
Puedes optar por enviarle una copia, o facilitarle la lectura del Acta en el Libro. Es más facil lo primero.
La subida siempre se hace proporcional a la cuota de participación y, puesto que está en su derecho, la enviaré copia del Acta.
El hecho de subir la cuota es, como dije, en previsión de un desembolso posterior más gravoso, no obstante, la idea es dejar fijada como cuota mensual ordinaria la actual cantidad (vamos, con la subida) pues ha permanecido inalterable desde 1996 (hay que reconocer que en 10 años la vida ha subido mucho y a la casa cada vez le salen más "goteras"... es de los años 40).
Me gustaría saber si podrá influir en el acuerdo de Junta la opinión de esta vecina, es decir, ¿cambia algo si dice no estar de acuerdo o la mayoría que se obtuvo es suficiente para llevarlo a cabo?