Despues de una demanda el magistrado ha advertido que el despido es nulo ya que afecta a mas del 10% de la plantilla y que las partes llegaran a un acuerdo antes de perjudicar a las dos partes. Somos 13 compañeros con un abogado. Por favor dos preguntas: El abogado de la empresa puede recurrir la nulidad? Si llegamos a un acuerdo , el empresario quiere empezar a pagar en Enero 2014 , que garantias tenemos de cobrar? Gracias
No entiendo muy bien tú post, que quieres decir con "que las partes llegaran a un acuerdo antes de perjudicar a las dos partes".
La empresa puede recurrir la sentencia en instancia que declare la nulidad. Si, igual que los trabajadores pueden recurrir la sentencia si no están de acuerdo con ella. Otra cosa, son los efectos durante el tiempo que se sustancia el recurso, es decir, la ejecución provisional de la sentencia que declara la nulidad en instancia, pues mientras no se resuelva el recurso no es firme.
Si el juez decreta que el despido es nulo no cabe indemnización, sólo cabe readmisión con abono de los salarios de tramitación. Tampoco caben acuerdos en despidos nulos. Por tanto, el tema de empezar a cobrar en enero 2014, no tiene sentido.
Si hay un acuerdo para declarar el despido como improcedente:
-el juez si es nulo el despido no admitirá ningún acuerdo,
-si el juez declara el despido improcedente, el llegar o no a un acuerdo para comenzar a cobrar en 2014 es cosa de cada trabajador, en todo caso una vez firme la sentencia los trabajadores pueden solicitar la ejecución forzosa de la misma si el empresario no la cumple voluntariamente en plazo.
muchisimas gracias inoa, te digo nosotros hemos demandado por improcedente. -En magistratura antes del juicio se intento acuerdo y no puedo ser. Ya en la sala el juez volvio a intentar acuerdo y una vez empezado el juicio indico a los abogados que el despido era nulo y que nos daba una semana para pasarlo a visto para sentencia , por si queriamos negociar y no perjudicar a las dos partes. Soy profana en esto y no se si esto es normal. De ahi mis preguntas . Que si llegamos a un acuerdo que garantias legales tengo si no nos paga, y no se si el fogasa responde o en la ejecucion de sentencia tenemos algun respaldo. GRacias Gracias Gracias.
Ultima pregunta por favor, si el juez sentencia nulo y la empresa recurre, cuando nos tendriamos que incorporar. La empresa tiene que consignar alguna cantidad o solo recorrir y esperar. Esto ultimo no nos interesa ya que lo que quiere el empresario es tiempo.