Si un ayuntamiento acuerda el cambio de sistema de compensacion a cooperacion ha peticion de la asociacion de propietarios de la urbanizacion, todo y que existe la Junta de Compensación, es un acto impugnable. Añadir que la urbanizacion tiene el Pla Especial aprovado por la Comision de Urbanisme pero no entrara en vigor hasta que se presente el aval de 12% del total de las obras.