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Acuerdo antes de juicio

3 Comentarios
 
15/06/2010 13:03
No existe diferencia siempre que vayas al juzgado.
SALUDOS.
15/06/2010 12:40
En el acuerdo, efectivamente, entrarían los salarios de tramitación.
Mi pregunta se refiere a la diferencia que existe entre una sentencia judicial y un acuerdo prejudicial, no en el acto de conciliación sino poco antes de llegar al juicio.
No creo que me ofrezcan la readmisión, en todo caso, sería cobrando los salarios de tramitación.

Gracias por las respuestas.
15/06/2010 10:04
No entiendo bien la pregunta.
A ver, debes devolver la prestación de desempleo siempre que en el acuerdo entren los salarios de tramitación entre la fecha del despido y la del acuerdo. Si el acuerdo es de readmisión, el INEM reclamará a la empresa que posteriormente te los descontará a ti, si el acuerdo es de despido improcedente, el INEM te los reclamará a ti.
Efectivamente, tienes derecho a que se cotice ese periodo.
Lo mejor que puedes hacer es llegar al acuerdo en el acto de conciliación o, si este ya se ha producido, en el propio juzgado. De esta forma quedará reflejado y prodrás reclamar la deuda.
SALUDOS.
Acuerdo antes de juicio
14/06/2010 23:35
Mi duda es: si llego a un acuerdo en una demanda por despido,
¿Tengo que devolver la prestación que he cobrado del INEM durante el periodo de espera al juicio, por una sentencia de otro contencioso anterior?
¿Tengo derecho a que se me cotice el periodo en la seguridad social y se le reclame la deuda al empresario sin haber sentencia sino solo un acuerdo?
Gracias.