¿Es competente para actuar de oficio la Fiscalía de los TSJ cuando se le envía pruebas sobre la presunta prevaricación cometida por un Juzgado ordinario? ¿Y la Fiscalía General del Estado?
o ¿Hay que presentar querella sobre ese juzgado? ¿Pueden esas Fiscalías iniciar de oficio denucia o querella enviando al Tribunal competente sobre ello las supuestas prevaricaciones que se comentan en juzgados ordinarios? ¿Qué otras vías existen para iniciar ese "oficio"?