Es el caso de un desahucio de una persona por no haberse subrogado.
Pero además durante 3 años no se le cobró la renta.
¿Las cantidades del 2º y 3º años son las del 1º , o pueden actualizarse con el IPC, según contrato extinto?
Y una vez que se ha negado a firmar un nuevo contrato, y se le ha pedido el desalojo, las rentas reclamables con la demanda pueden ser según valores de mercado establecidos por un perito, o con las del 1er año?
Hasta la interposición de la demanda?
Y que pasa como el tiempo hasta el desalojo?
Y con los meses para volver a poner en alquiler?