buenas tardes, tengo una duda respecto a la correcta aplicacion del IPC en un contrato de arrendamiento. Soy propietaria de una vivienda que fue alquilada en septiembre de 2009. En septiembre de 2010 olvidé actualizar la renta y, si bien tengo entendido, no puedo exigirle al inquilino el pago del IPC con caracter retroactivo. ¿Tengo, sin embargo, derecho a aplicar la subida del IPC a partir de mayo de 2011?, ¿o bien tengo que esperar a actualizar la renta en septiembre de 2011, una vez cumplidos dos años de contrato, y aplicar en ese momento los IPCs acumulados? muchas gracias y un saludo cordial, paloma.
Por qué aplicar la subida este mayo? Yo esperaría a aplicarla en septiembre de este año que corresponde con el mes de la firma del contrato y como dices tú, aplicar los ipc acumulados, siempre que no salga un ipc exagerado porque sino tus inquilinos podrian negarse a pagarlo, si es así, opta por aplicar solamente el ipc de septiembre de 2010 a septiembre de 2011. Si alguien del foro conoce una alternativa mejor que la comente.