A lo único que puede negarse es a que le cobren los atrasos. La subida si tiene que soportarla a partir del mes siguiente a aquel en que se lo notifiquen.
Buenas, vivo en alquiler desde febrero del año pasado y mi casero me envía burofax hoy día 2 de mayo actualizando la renta (2,8 %) y exigiéndome su pago desde el 1 de febrero de 2024.
Puedo negarme a la subida por no haberla actualizado cuando dice el art.18 de la ley, esto es, al finalizar el primer año de contrato ?
En caso de que la actualización sea correcta, puedo negarme a pagar el incremento de los meses de febrero,marzo,abril y mayo por decir la ley que la revisión será aplicable a partir del mes siguiente a la notificación?