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actualización renta alquiler

2 Comentarios
 
27/11/2009 12:15
Durante los 5 primeros años de contrato, la LAU sólo permite actualizar la renta en función al IPC GENERAL NACIONAL. Puede usted misma calcular la renta correcta (incluso desde el inicio del arriendo, eso sí asegurándose de que toma como referencia el mes correcto, el del mes que estuviera publicado el día de la celebración del contrato) comunicarla a su casero y aplicarla al mes siguiente de la comunicación.
Puede comprobar lo que le digo en el Art. 18 de la LAU : http://civil.udg.es/normacivil/estatal/contract/lau.htm#artículo_18
27/11/2009 11:36
La renta inicial será libremente pactada por las partes y habrá de ser actualizada de la siguiente forma:

A) Durante los primeros cinco años de contrato, anualmente con arreglo a la variación experimentada por el índice de precios.
B) A partir del sexto año, la actualización se regirá por lo acordado entre el arrendador y el arrendatario. Si no hay acuerdo, se hará anualmente con arreglo al índice de precios.

Otras reglas que rigen en materia de pago de la renta por alquiler son las siguientes:
Saludos
www.abogadosgrande.es
Actualización renta alquiler
27/11/2009 11:09
Hola! Quisiera saber si la renta que pago por el alquiler de mi piso debe actualizarse con el IPC obligatoriamente y sólo una vez pasados 5 años se puede establecer otra cosa. Es que llevo 3 años con el contrato de alquiler y la renta se actualiza según los datos que en el INE aparecen dentro de IPC: índices nacionales de rúbricas por el apartado de viviendas en alquiler: según este dato ahora se incremetaría la renta en un 2,6% mientras que si atendiese al IPC gral disminuiría un 0,7%. Gracias.