Contrato 1 de marzo de 2021.
Correspondía actualizar la renta el 1 de marzo de 2022. No lo hice entonces y lo hago ahora.
Ya se que no puedo reclamar atrasos por actualización.
Aplico la variación IPC entre febrero 2021 y febrero 2022.
La inquilina pretende que hay que aplicar la variación IPc entre febrero 2022 y febrero 2023.
Opiniones?
Yo opino que si desea usted hacer primero la actualización de renta que correspondía en marzo del 22, está usted obrando correctamente. Recordemos que (siempre que hablemos de contratos de viienda habitual) la limitación de reviisón de alquileres al 2 % no se introduce hasta el Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo (BOE del 30) art. 46. No le coge, por unos días.
Y una vez que tenga esa actualización, aplique sobre ella la que corresponde a marzo del 23, que sí que es del 2 %.
De todos modos tal vez prefiera plantear su duda en el foro de arrendamientos.