Hola, por favor necesito que me resolváis la siguiente consulta:
En mayo del año 2010 comenzó mi contrato de alquiler de vivienda y acaba de cumplirse un año desde la fecha. El propietario me pide actualizar la renta por el IPC de Abril del año 2011 (3,80%).
Pero yo he consultado el art. 18 de la ley de arrendamientos y pone lo siguiente:
"Durante los cinco primeros años de duración del contrato la renta sólo podrá ser actualizada por el arrendador o el arrendatario en la fecha en que se cumpla cada año de vigencia del contrato, aplicando a la renta correspondiente a la anualidad anterior la variación porcentual experimentada por el Índice General Nacional del Sistema de Índices de Precios de Consumo en un período de doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de cada actualización, tomando como mes de referencia para la primera actualización el que corresponda al último índice que estuviera publicado en la fecha de celebración del contrato, y en las sucesivas el que corresponda al último aplicado"
Yo no entiendo mucho, pero tras haberlo leído entiendo que el IPC a aplicar es el de Mayo de 2010 cuando se formalizó el contrato.
¿Qué % de IPC tendría que aplicarme?
¿Se debe de aplicar el IPC general u otro IPC especial para arrendamiento de viviendas?
Os agradecería que me contestaseis ya que tengo muchas dudas...
Qué pone en tu contrato sobre la actualización de la renta? Si se hace tomando los "doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de cada actualización seria: de mayo 2010 a abril 2011 y el IPC que resulta es 3,5%. También se puede actualizar tomando el IPC del mes que se firmó el contrato, en este caso mayo pero como aún no está publicado, habria que esperar a que lo publiquen y aplicar el % de mayo surtiendo efecto en junio. El IPC que se aplica es el general nacional (no hay IPC para arrendamientos).