Es obligatoria la actualización, no la comunicación previa (puede enterarse en cuanto reciba el ingreso), aunque puede ser una buena costumbre en ciertos casos (en aquellos con mayor conflictividad) por si el perceptor tuviera alguna discrepancia sobre la cantidad actualizada para que no figurara un antecedente de impago parcial en caso de error. Si la relación es más o menos normal ni siquiera, en caso de que se manifieste un error se corrige al mes siguiente.
La relación es nula, impide las visitas la comunicación diaria, comentarios de mal padre... Pero que no me pase ni un día con el dinero que eso si le importa.
Ante esto como se lo comunicó? Con un wasap vale o simplemente le hago la transferencia?
Hola Papicajero:
Yo, ante la falta de comunicación que tenéis, le haría la transferencia de enero directamente con la subida, y punto. (Eso sí, asegurate de que el cálculo esté bien hecho para evitar futuras reclamaciones de cantidad)
Sí tiene algún inconveniente, que sea ella la que te diga algo... que está bien ser precavido, pero que tampoco te tenga en ascuas todo el día, que es inhumano...
Un saludo y suerte!!
Pues obligatorio como digo no es. Puedes ingresar la cantidad actualizada directamente (verifica bien que es la cantidad correcta si la relación es tan desastrosa), pero por si acaso sí, puedes enviar un whatsapp, no es necesario burofax ni nada al no ser obligatoria la comunicación previa.
El pan nuestro de cada día en muchas "buenas madres". La mía a punto de cumplir 18 años(en febrero), no me habla, está llena de odio y con sus abuelos paternos muy enfermos ni se ha dignado a descolgar el tlf. para preguntar por ellos.
Así las cosas en febrero del 2018 le cortaré la pensión y si quiere Su Señoría que me meta en la cárcel. Eso sí a la "mamaíta" ni tocarle un pelo, ni SAP ni SOP, leyes basura españolas.
Eso mismo estoy viviendo Yo, para ella no tengo derechos sólo obligaciones y sólo sabe poner s mis hijos en contra,Yo ya no se que hacer ¡¡ algún consejo?
El ipc interanual a noviembre 2017 ha quedad en 1,7%, por lo que poniendo un ejemplo de que la pensión pagada hasta diciembre de 2017 hayan sido 400€, habría que multiplica 400x1,017, que da que habría que ingresar a partir de enero 406,80€. Espero que sirva de ayuda. Saludos!!