Buenos días:
Hace unos días recibí la nomina de enero y no me han hecho al subida del SMI aprobada por el Gobierno en según el Real Decreto 1462/2018, de 21 de diciembre, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2019.
He enviado un e-mail a la empresa reclamando la subida del SMI en la nomina de enero y me responden lo siguiente:
"La nomina es correcta, hemos aplicado la subida legal que marca nuestro convenio colectivo vigente para el ejercicio 2019. Dicha medida no nos afecta dado que nuestro convenio colectivo esta en vigor hasta tanto no sea revisado para incluir esta u otras medidas de mejora"
Por favor, alguien me puede decir si esto es legal???
En el caso de que no fuese legal se pueden pedir intereses de los atrasos cuando nos lo paguen???
La nómina es incorrecta, el convenio no puede estar por encima de la ley. Deberán pagarte los atrasos con los debidos intereses (el 10% anual; cuanto más tarden, más intereses te tendrán que pagar).