Mi ex mujer se ha puesto en contacto conmigo para pedirme la actualización de IPC de la pensión de alimentos y compensatoria. En el convenio regulador explica que debe efectuarse tal actualización sobre la de alimentos (aunque no pone nada sobre la compensatoria), que "será actualizada anualmente acomodándola a la variación que haya experimentado el IPC, con efectos al mes siguiente a la firma de este convenio". Si el convenio lo firmamos en el mes de abril del pasado año...¿a partir de cuándo debo actualizar el IPC? ¿ Cómo sé cual es el porcentaje de actualización que debo realizar?¿Debo actualizar también la pensión compensatoria, aunque el convenio sólo diga que se actualizará la pensión de alimentos? Muchas gracias de antemano, y un saludo.
la tenias que haber actualizado en mayo de este año.
Aqui tienes la pagina del ine, que metes la cantidad pones la cantidad y los meses de actualización y te sale el importe a pagar.
http://www.ine.es/calcula/
Si en el convenio solo pone que se actualiza la de alimentos pues solo la de alimentos.
pero...¿cómo se calcula? ¿miro la variación que ha habido desde mayo del pasado año hasta mayo de este año? esa variación es la que tengo que aplicar como subida hasta mayo del próximo año? gracias de nuevo
Si , ya me di cuenta que la pagina no funciona de momento, pero vamos sera que están haciendo ajustes.
Mira funciona de la siguiente manera:
tu pones el año el mes y metes la cantidad inicial y metes el mes final, en este caso de mayo de 2010 a mayo de 2011 y le das a actualizar y te sale el importe que tendrias que hacer pagado a partir de mayo de este año.
Si, es lo que tendras que pagar hasta abril del proximo año, en mayo tendrás que volver a calcular la subida poniendo en la pagina la cantidad actualizada que te ha salido este año y las fechas de mayo de 2011 a mayo de 2012.
Además de mayo a noviembre de este año le tienes que pagar a la ex la actualizacion del ipc, o sea la diferencia entre lo que le has pasado hasta ahora y lo que deberías haberle pasado estos 7 meses.