Hola, me sería de gran ayuda, si me pudiéseis responder a lo siguiente:
1) En un arrendamiento de renta antigua (1975) que no ha sufrido incrementos de renta, es posible la actualizacion del IPC desde 1995?. o, por el contrario, hay un máximo que se le puede requerir al inquilino de cinco años, como he oído por ahí? Tengo que reseñar, que no han habido notificaciones al respecto, salvo la de hace un mes.
2) Y respecto al IBI, puede requerirle el arrendador el pago del IBI atrasado, desde 1995, hasta la actualidad?, sin que haya nada pactado en el contrato? Existe tambien un máximo de cinco años requeribles?.
Espero vuestra respuesta, gracias y un saludo
yo no soy abogada ...deberias buscar asesoramiento legal ya.Creo que podras actualizar el contrato segun dice la Lau 94.Es vivienda o Local de negocio? Dependiendo del caso la ley te dira si puedes o no puedes.Creo que no hay caracter retroactivo sino lo hiciste en el 95 has sperdido tu derecho pero podras hacerlo apartir de este año dependiendo de la fecha del contrato etc.Respecto al IBI un tanto de lo mismo.Lo mejor es que un abogado te asesore sobre el tema y que seas paciente estas cosas llevan tiempo pero mejor ponerse manos ala obra que seguir manteniendo la situacion en la que te ves usa tus derechos como tus inquilinos hacen.Animo y mucha suerte.
En la definiciòn de miserable encaja mucho màs aquèl que insulta desde un supuesto anonimato...¿verdad webmaster?.
Lo que puedes hacer es trabajar media vida para pagar tu vivienda y después se la alquilas a quièn usted quiera en una cifra que no cubre ni el IBI, y además le obligaràn por ley a financiar las obras que le pidan.
Aunque con retraso, gracias a CIRCE_33, por su respuesta, y en cuanto a la respuesta de "como debe ser", quiero decirle, que creo, se ha malinterpretado mi mensaje, pues en este caso, es mi padre el inquilino, al que pretenden actualizarle la renta, y además repercutirle el IBI de 11 años atrás, pero hay que considerar, que él cobra una pensión n.c. de 300 euros mensuales, y con eso, que me diga alguien si se puede llegar a final de mes, y encima pagar actualizaciones de IBI e IPC.
Gracias.-
El hecho de que su señor padre cobre 300 euros al mes de una pensiòn no contributiva no es culpa del arrendador. Usted lo que plantea, ni más ni menos, es que sea la familia de otro el que pague la penuria de su señor padre. ¿Por qué no ayuda usted econòmicamente a su señor padre para que este deje de vivir a costa de un tercero, por qué no le mantiene usted, quizàs el ùnico problema que hay en estas situaciones es que estos señores tienen unos hijos insolidarios, por no decir mamones. ¿ Por què no le paga otra vivienda el estado?. ¿Què sucede con las necesidades econòmicas de la familia de quien posee una de estas viviendas "de renta antigua"?, ¡porque igual es que a alguien se le ha pasado por la cabeza que a estos señores les sobran recursos!.
Si su objetivo es animar este foro, no necesita usted hacer comentarios "de este pelo", seguro que hay cuestiones más acordes con la realidad jurìdica.
Veamos sr"manolito", para empezar, pienso, que para publicar en un foro como este, lo primero que hay que tener es educación, cosa de la que vd. no hace ningún alarde, pues insulta directamente, sin ni siquiera conocer las circunstancias personales de cada uno. Déjeme que le diga algo:
1), Aquí, el que subscribe, se ocupa directamente no solo de este, sinó de otros familiares, y no precisamente con demasiados recursos que digamos.
2) En cuanto al arrendador y sus condiciones, ya que lo menciona le diré, que es un señor extranjero, residente en nuestro país, que, para hacer esa fortuna, y explotar todos esos apartamentos que posee aquí, ha tenido que "pisar a muchas personas" sin importarle lo más minimo, por lo tanto, si alguien ha abusado de otro, sin duda es ese señor.
Y en cuanto a su recomendación de que no haga comentarios de este tipo, yo le recomiendo a vd. personalmente, que antes de insultar a alguien a través de este foro, lo piense.
En ningùn momento he insultado a nadie, igual es que usted no ha leido correctamente...porque el que ha insultado aquì es el Sr. "como debe ser", y este que firma precisamente lo que ha dicho es que miserable encaja más con las actitides de otros. Con respecto al calificativo "mamón" a todo aquél que no ayuda a sus progenitores en situciòn de penuria...me reitero, ...y si este no es su caso...¿por què se da usted por aludido?.
Si tiene que ocuparse de otros familiares además de su señor padre...sigue siendo su problema, el cual trasladan de hecho al arrendador.
¿El ser extranjero es un agravante? (por ese camino va usted muy mal). Si ha "abusado" de su señor padre y de otras muchas personas...¿por què no le denuncian?...QUIZAS PORQUE NO HAYA NADA QUE DENUNCIAR....Las pataletas son reacciones propias de niños pequeños en los que entra en conflicto los deseos con las limitaciones propias de un cerebro inmaduro.
Buenas tardes a todos,
Solo un comentario .Ultimamente el foro esta muy agresivo no??? llevo viniendomas de 3 años y nunca lo he visto de esta manera.En fin que sigais viniendo y dando vuestra ayuda a personas que como yo hemos encontrado aliento y fuerza en los comentarios de todos.Un saludo y a delante porticolegal.com.