en una liquidación económica, si uno de los conyuges ha aportado , en este caso una cantidad de dinero ( de carácter privativo ) para la adquisición de una vivienda, tiene derecho a pedir el reembolso de esta cantidad con la consiguiente actualización de rentas ? . Si es así que períodos se tienen en cuenta ? Desde la aportación hasta la fecha de liquidación ó hasta la fecha del matrimonio ?