Salvo que en el contrato figure una actualización de la renta, no se revisará durante la vigencia del alquiler.
Es decir, que si se realizase un contrato de uso de vivienda por un año, prorrogable hasta cumplir los tres, no se actualizaría durante esos tres años. Pero si al cabo de los tres años se quisiese actualizar, habría que hacer un nuevo contrato especificando la nueva renta, cierto?
Sí, así es. Yo también lo entiendo así, siempre y cuando el contrato sea posterior al 5 de junio de 2013. Si es anterior el casero puede subir todos los años el IPC.
Hola, tengo una cuestión semejante. Llevo viviendo 6 años en el mismo piso de alquiler, pero cada año he hecho un nuevo contrato y rescindido el anterior porque lo comparto como alquiler solidario con otros dos. El propietario me ha dicho que quiere subir el alquiler. Si el contrato pone que es prorrogable (no dice por cuanto tiempo) y yo no lo rescindo, ¿puede el rescindírmelo para subir el alquiler?