Hola carlos1975. Dada la fecha de celebración del contrato habría que aplicar las reglas de la Disposición Transitoria Tercera de la LAU 1994. Como podrá comprobar dichas reglas son bastante complicadas de entender y aplicar por lo que le aconsejo que acuda a un/a profesional de la abogacía EXPERTO/A en arrendamientos urbanos para que el realice la actualización.
Si alguien me puede ayudar se lo agradecería.
Arrendamiento de local de negocio arrendado a persona física anterior a la ley de 1985, es decir de renta antigua. Quieren actualizarme el año que viene la renta.
Como sería la fórmula? si la renda es de 100€.
Muchas gracias por adelantado.