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Actualización de renta antigua interrumpida

3 Comentarios
 
Actualización de renta antigua interrumpida
21/07/2010 13:58
Buenos dias a todos,

Soy propietario de una vivienda alquilada en régimen de renta antigua desde 1962.

De 1962 a 2008 los inquilinos pagaron 24€ y nunca se actualizó.

En 2008 el administrador de la finca, inició el proceso de actualización descrito en la D.T.2ª de la LAU'94 y en este primer año de actualización pasaron a una renta de 60€.

El problema es que en los dos años siguientes 2009-10, el administrador no continuó con el proceso de actualización, aplicando de nuevo el IPC.

Por mi cuenta, he intentado retomar la actualización allí por donde se dejó y continuar el proceso hasta alcanzar el 100% de la actualización, que según el INE rondaria los 820€.

Los inquilinos se niegan alegando que la actualización ya se realizó en 2008 y que no procede nada más al respecto.

Alguien se ha visto en el caso? es posible hacer la actualización discontinuamente?

Yo entiendo que si el proceso de una actualización ha de durar un mínimo de 10 años, si se hace discontinua puede durar más y por lo tanto es mejor para los inquilinos.

Gracias y un saludo
21/07/2010 19:21
Hola Ludovico, tengo un piso en renta del año 40, y quiero comentarte que a mi la actualización me la hicieron conforme a un baremo que existe, y creo recordar que empezó con el 60% y hasta el 100% , con lo cual mi renta (risible) quedo en 24 euros, lo que tu dices me parece un chollo, o a mi me la hicieron mal; no se si te valdrá de algo mi caso, pero para mi es lo que hay. un saludo. Y a sufrir nos toca.
21/07/2010 20:27
Hola yosuinasio,

Yo miro la página del Instituto Nacional de Estadística: http://www.ine.es/calcula/calcula.do

Pongo la fecha de inicio del contrato con lo que inicialmente se pagaba (convertido a euros), luego pongo el año al que quiero actualizar.

(En mi caso, de 1962 a 2008, en mi post anterior me he colado, no son 820 sino 620€)

Luego cuando sabes la renta actualizada ésta va a ser la renta objetivo a conseguir.

Según el número de inquilinos y sus ingresos puedes hacer un proceso en 5 o 10 años, a razón de un +20%/año acumulativo de la renta objetivo o un +10%/año acumulativo de la renta objetivo, respectivamente.

Ejemplo: si la renta objetivo son 1000€ y el proceso es de 10 años, el primer año puedes cobrarles 100€, el segundo 200€, el tercero 300€... y así hasta los 10 años y 1000€. Si se da el caso de que ellos ya pagan 250€, se va directamente el primer año al módulo de 300€ y el proceso se acorta.

Si te la hicieron mal, lo importante sería saber si se puede iniciar de nuevo y corregirla, que viene a ser lo mismo que me pasa a mi.

Espero haberte ayudado y un saludo
21/07/2010 22:11
Hola Ludovico, bueno, te comento, la actualización me la hizo la camara de la propiedad de bilbao, me aplicaron el procedimiento de los 10 años, porque la suma de ingresos no superaba 5,5 veces el S.M.I. y me pusieron % de aumento de R. revalorizada...70, y de hay en adelante hasta el 100%. ahora bien y no se si tendra algo que ver, el arrendamiento mio igual no entra en el Art. 6.2 LAU 1964 , si no en los celebrados antes del 12-05-1956 , de todas formas entrare en la pag. que me comentas para ver el resultado, gracias y a ver si nos vamos aclarando, un saludo.