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Actualizacion de la renta de alquiler al cabo de un año según el INE

5 Comentarios
 
Actualizacion de la renta de alquiler al cabo de un año según el ine
26/06/2012 12:15
Yo alquilé una vivienda con fecha del 05 de mayo de 2011, y al hacer un año corresponde una actualización de la renta conforme al INE (Instituto Nacional de Estadística), y la duda que se plantea que puesto que los índices se refieren al periodo anual del último día del mes… ¿de qué mes a mes se debe hacer?...
Según se indica… Para considerar un período de 12 meses el mes inicial y el mes final deben ser iguales. Es decir si queremos calcular la variación anual experimentada por el IPC en septiembre de 2004 deberemos comparar septiembre de 2003 con septiembre de 2004 (12 meses), y no agosto de 2003 con septiembre de 2004 (13 meses), ni octubre de 2003 con septiembre de 2004 (11 meses).
Pero como el contrato se hizo a primeros del mes de mayo, y los periodos a los que se refiere el IPC es al final del mes vencido, debo entender que la consulta debe referirse de abril de 2011 hasta abril de 2012.
¿Cuál es vuestra opinión? Pues en el caso que me refiero si se hace de abril hasta abril de 2012 es IPC de 2,1%, y si por el contrario es de mayo hasta mayo de 2012 es del 1,9%.
Muchas Gracias por vuestras contestaciones.
26/06/2012 13:32
Consulta a las web:
http://www.ine.es/calcula/index.do?L=0
http://www.ine.es/wel/faq.htm#2

perfil Jan
26/06/2012 16:41
Hola koldeman. Sin perjuicio de la respuesta anterior, le sugiero la lectura - copie y pegue en la barra de navegación - la siguiente dirección:

http://letradosalquileres.es.tl/Actualizacion-renta-contrato-vivienda-posterior-al-1_1_1995.htm

Reciba un cordial saludo

Email1: armandogarcia@ical.es

Email2: letradoalquileres@hotmail.com

http://letradosalquileres.es.tl
27/06/2012 16:17
1. Durante los cinco primeros años de duración del contrato la renta sólo podrá ser actualizada por el arrendador o el arrendatario en la fecha en que se cumpla cada año de vigencia del contrato, aplicando a la renta correspondiente a la anualidad anterior la variación porcentual experimentada por el Índice General Nacional del Sistema de Índices de Precios de Consumo en un período de doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de cada actualización, tomando como mes de referencia para la primera actualización el que corresponda al último índice que estuviera publicado en la fecha de celebración del contrato, y en las sucesivas el que corresponda al último aplicado.
2. Puesto que el contrato se firmó con fecha del 05 de mayo de 2011, según lo dicho y puesto que el último índice publicado correspondería al 15 de abril de 2011, ya que las variaciones del IPC se publican a mediados de cada mes, la actualización se debe calcular desde abril de 2011 hasta abril de 2012 según lo indicado en la web: http://www.ine.es/calcula/index.do?L=0 (pues para considerar un período de 12 meses el mes inicial y el mes final deben ser iguales): Lo cual indica que el cálculo del 2,1% es correcto.
28/06/2012 17:37
Muchas gracias a todos por vuestro interés y constaciones. Un cordial saludo.
04/07/2012 20:07
Ok!