En un convenio sobre guarda custodia y alimentos, después de intentar negociar sin resultados (somos los demandantes), antes del juicio llegamos a un acuerdo en la pensión y la otra parte dijo que la actualización quería que fuera respecto al salario base, el abogado contrario llevaba el convenio ya preparado, lo leí y en principio me pareció bien y aceptamos pero una vez presentado el convenio para su homologación y analizándolo, me doy cuenta que la redacción está hecha con una intención torticera en beneficio del demandado o alimentante, y perjuicio del menor, pues pone que "la cuantía de la pensión se actualizará anualmente en la misma proporción y aplicando el mismo porcentaje que se aplique a su salario base"...y es que el demandado tiene un contrato de duración determinada y no me queda claro si con esa cláusula se está limitando la pensión a cuando el padre de la menor esté solo cobrando un salario y no una prestación por desempleo que no es un salario. El caso es que no se si se puede aún poner en conocimiento del Juez y Fiscal para que no acepten esa cláusula antes de que el convenio sea ratificado por mi representada y su ex pareja.