En una ejecuón de sentencia de divorcio, el abogado del ejecutado renuncia y se le requiere por medio del procurador para que por diez días designe nuevo letrado y no lo hace. Mientras tanto, la ejecutante solicita una ampliación de ejecución que el juzgado admite mediante providencia. Via reposición se solicita la nulidad por haberse admitido la ampliación sin posibilidad de contradicción. Se desestima porque se dice que habiendo sido requerido el ejecutado para que designe nuevo abogado no hubo indefensión. De todas formas ¿no seria aplicable en cualquier caso 545.2 lopj antes de seguir de admitirse la ampliación?