De acuerdo Nenko, pero le aclaro que mi respuesta se refiere a su consulta de 14/10/2012.
En esa consulta no refiere los nuevos datos que aporta en su intervención de 21/10/2012 (giro de otros recibos, uno de ellos de importe desorbitado, en el que no da explicación alguna hasta pasados 15 días una vez se lo han devuelto, si bien omite indicarnos el concepto del mismo).
Tendría que escuchar al Administrador para hacer una valoración sin temor a equivocarme.
En el caso de Fontanero, como tiene homofobia a los Administradores (y digo homofobia porque les trata como auténticos travestidos), seguro que les comprenderá mejor que yo e incluso aplaudirá su decisión. Lástima que se remueva del cargo a un Administrador para poner a otro.
Quisiera agradecer a todos su opinión ante este tema y ayuda.
Si me lo permite dickturpin, como Vd. bien dice el administrador gira todos los meses sus recibos correspondientes a sus honorarios y mas menos, cada mes es la misma cantidad, pero en las últimos meses también ha girado recibos, uno de ellos de un importe desorbitado del que no da cuenta. Hemos procedido a devolver dos recibos de los que no estábamos de acuerdo y de forma mágica corriendo se ha puesto en contacto con la presidenta para contestar a temas que teníamos pendientes desde hace mas de 15 días (reclamados por fax) y por su puesto a preguntar por la devolución de los recibos. La segunda decisión ha sido junta extraordinaria y destituir al Administrador. Los propietarios no somos tontos ni listos, sino todo lo contrario, unos por otros no hemos hecho el seguimiento que se debe hacer cuando uno tiene a un administrador incompetente o geta, si lo podemos demostrar.
Un saludo a todos.
El Admnistrador gira un recibo mensual contra la cuenta de la Comunidad y ni los propietarios imaginan a qué puede ser debido ni el Administrador sabe dar explicaciones sobre el particular.
¿La culpa?
En tu homófobo reino será del Administrador. Cualquier otra opinión será ridícula, pero me trae sin cuidado ya que la respuesta es obvia. Son sus honorarios.
Si al final habrá que tirarle por cobrar aquéllo a lo que tiene derecho. ¿Y yo soy el ridículo? Fontanero, por favor. No digas insensateces.
El único cargo que puede hacer desde su Empresa, es el recibo de gastos de Administracción, no cabe otro tipo de cargo.
Todos los demás recibos, me imagino que estén domiciliados en la cuenta de la Comunidad, se harán sobre ella.
Las cuotas de cada Propietario lo cargará a través de un programa específico para ello, pero nunca através de su Empresa.
La obviedad no es tan clara, desde el momento que el propio Administrador, no sabe a que se debe tal cargo, por lo menos en el instante que es consultado por teléfono.
Por otro lado, es el Presidente el que tiene que convocar la Junta Extraordinaria, no el Administrador, no está facultado para ello.
En uno de los puntos del Orden del Día, pongan "SITUACIÓN DEL ADMINISTRADOR", con ello pueden tratar cualquier tema sobre él e incluso su destitución, si no se presentara a la Junta, tendrá que presentar una justificación fehaciente de su ausencia.
Dick, por favor, no seas ridículo. Cómo puedes decir que los propietarios, que son los que pagan, le pueden estar vacilando. Los propietarios ven una cosa anormal o les parece anormal, y quieren conocer dónde va su dinero, y este administrador no les contesta. ¿Son tontos los propietarios?. Me parece que es pasarse.
Dentro de cada comunidad puede haber personas más o menos informada, pero a todo el mundo hay que contestar y más cuando te están pagando. Contestar cuando te pregunta por teléfono que no lo saben, es cuanto menos una incompetencia.
Por otra parte, si la cuenta está mancomunada, es decir, que para sacar dinero se precisa la firma de varios, esos varios también deberían informarse del por qué ese pago y no firmar a ciegas, porque ellos se convierten complices.
Que un Administrador de Fincas gire recibos a la Comunidad que administra por medio de una mercantil, no es ni irregular ni ilegal.
El hecho de que la firma de la cuenta sea mancomunada, no deslegitima dichos cargos bancarios.
Imagino que las empresas suministradoras de energía eléctrica o agua pasan idénticos cargos sin intervención de Presidente, Vicepresidente y, o, Administrador y a ustedes les ha parecido normal y no le han dado mayor importancia al tema, asumiéndolo con naturalidad.
Cuestión distinta es que el Administrador no rinda cuentas sobre el concepto de dichos cargos, si bien cabe interpretar que si gira dicho recibo una vez al mes, debe tratarse de la cuota mensual que percibe en concepto de honorarios profesionales.
Perdóneme la expresión, pero es hasta posible que dicho Administrador no les haya contestado porque de obvia que es la respuesta, piense que ustedes le están vacilando al exigirle explicaciones sobre dicho particular y eso le ofenda.
La sociedad limitada es la empresa del Administrador de Fincas que tenemos actualmente.
El gira sus honorarios, pero en este mes nos ha girado un recibo de 419,00€ que al preguntarle por teléfono a que corresponde, no nos ha sabido decir.
Entiendo que deberíamos devolver ese recibo ya que no nos justifica para que es. También le hemos mandado un fax reclamándole asuntos varios que están sin resolver y al no hacernos caso le hemos llevado el escrito personalmente y le hemos pedido una reunión extraordinaria, pero al día de hoy no hemos tenido noticias.
Visto el extracto de la cuenta bancaria en el concepto a parece recibo comunidad, pero preguntado el detalle el banco nos indica que es una sociedad limitada la que emite los recibos.
¿Pero que es lo que gira y en que concepto? ¿Gira facturas? ¿Gira recibos? Si gira recibos, trimestral o anualmente, como tengan convenido, presentará factura.
Buenas Tardes:
Les agradecería que me asesoran con referencia al administrador que actualmente tiene nuestra comunidad de vecinos:
1.Hemos detectado que el administrador gira mensualmente recibos de su empresa a la cuenta de nuestra comunidad, por importe en alguno de los casos, de más de 400 euros. La cuenta de la comunidad está mancomunada por la firma de el presidente, el secretario y el administrador. Es ilegal su actuación? Es denunciable?
2. Con cuento tiempo le tenemos que comunicar que queremos rescindir sus servicios?